MEDIO MILLÓN POR MATAR A UN CICLISTA
El Estado provincial deberá pagar alrededor de 500 mil pesos de indemnización por un accidente protagonizado por un móvil policial, en el que perdió la vida un ciclista de 31 años. La suma se engrosa hasta rondar el medio millón de pesos porque las costas del juicio fueron impuestas al Estado casi en su totalidad y por los intereses desde la fecha del hecho, que ocurrió hace 13 años. El fallo no se encuentra firme ya que aún hay tiempo para que sea apelado ante la Cámara Civil.
Ricardo Aldo Mendoza –que tenía cuatro hijos menores– fue atropellado el 31 de marzo de 1993 a las 4.40 de la madrugada por un patrullero en la zona sur. Por Castro Barros se dirigía en bicicleta al trabajo (en el rubrode reparto de carnes) que había conseguido hacía menos de un mes. Concretamente, manejaba un camión para el frigorífico La Tropa (hoy Mattievich), en Berutti al 3100.
El auto que lo embistió, un Peugeot 504 perteneciente a la flota de la seccional 11ª, llevaba tres policías a bordo y se desplazaba por avenida del Rosario sin sirena ni balizas, sólo con las luces de posición. Por los golpes recibidos, Mendoza quedó parapléjico y murió siete meses después en el sanatorio Rosendo García, por una infección general.
La provincia reconoció la existencia del choque pero negó tener responsabilidad. En cambio, se la atribuyó al fallecido, aduciendo que cruzó el semáforo en rojo detrás de un colectivo. Sin embargo, la Justicia consideró que la culpa fue del chofer, basándose entre otros elementos en una pericia mecánica. Este informe dio cuenta de que “la velocidad del móvil policial era superior a la normal, alrededor de 50 kilómetros por hora; que el rodado de la policía resulta el embestidor; que el conductor no tenía pleno dominio l y que la visibilidad en la intersección resultaba acorde para la conducción”.
Así consta en el fallo del 23 de mayo pasado del Juzgado de Responsabilidad Extracontractual Nº2. Los jueces Alejandro Martín, Hernán Carrillo y Luis Ramunno debieron resolver sobre tres juicios, dos iniciados por la concubina y los hijos y el otro por el empleador de Mendoza, que oportunamente había abonado una indemnización a la familia por su dependiente. Es que el hombre se dirigía a su trabajo cuando ocurrió el accidente. El dueño del frigorífico, que cumplió en su momento con lo exigido por la ley, demandó luego a la provincia porque le atribuyó la responsabilidad del siniestro al conductor del patrullero.
El tribunal condenó al agente policial y a la provincia, para quien cumplía funciones, a pagar 220 mil pesos más intereses a la familia en concepto de daño patrimonial y moral. Además, le impuso las costas del proceso en un 95 por ciento a los demandados. También deberán resarcir el policía y el Estado con 39.400 pesos al dueño del frigorífico, quien había pagado esa suma a los deudos de Mendoza. De allí que ese monto deberá ser descontado del resarcimiento que hará efectivo la provincia “a fin de no vulnerar el principio de indemnización única”, explicaron los jueces en su sentencia.
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