MONOTRIBUTO: MAÑANA EMPIEZA LA INSCRIPCIÓN EN EL RÉGIMEN NUEVO
Los que siguen son los alcances del nuevo régimen de monotributo:
1 > ¿Quiénes pueden inscribirse? Todos los actuales monotributistas que entren dentro de los parámetros: ingresos brutos obtenidos entre el 1/5/2003 y el 30/4/2004; consumo eléctrico anual en el mismo período; superficie ocupada al 30/4/2004. También los actuales responsables no inscriptos que opten por ingresar. Se estima que ambos grupos suman 150.000 personas.
2 > ¿Cómo son los trámites de inscripción? Hay dos posibilidades,: imprimir el formulario, u obtenerlo en AFIP y presentaron en bancos adheridos junto con el pago de julio 2004 (a partir de junio los pagos se hacen por mes corriente y no más por mes adelantado). O, si uno tiene clave fiscal, ingresar por internet reempadronarse y pagar en los bancos adheridos. Para evacuar dudas, las agencias AFIP ampliarán del 1 al 20 de julio su horario de atención en tres horas, y los sábados atenderán de 10 a 14 sólo por este tema.
3 > ¿Cuándo vence el reempadronamiento? Se efectuará del 1ø al 20 de julio. En lo sucesivo, habrá tres reempadronamientos anuales: enero/abril, mayo/agosto y septiembre/diciembre. En estos nuevos reempadronamientos solo deberán reempadronarse quienes hayan sufrido cambio en sus parámetros, sea para más o para menos. Quienes los mantengan igual no tienen que hacerlo.
4 > ¿Cuándo se está correctamente categorizado? Cuando se encuadre en la categoría que corresponda al mayor valor de sus parámetros. Si desarrolla tareas en su casa o lugares compartidos se considerará únicamente la superficie y energía consumida en su actividad. Si la actividad no tiene local fijo, se considerarán exclusivamente los ingresos brutos. En zonas urbanas de menos de 40.000 habitantes, o suburbanas, no se toma en cuenta la superficie.
5 > ¿Cómo son las categorías? Hay cinco categorías para oficios, profesiones y servicios y ocho para comercio e industria. Las categorías de oficios, profesiones y servicios van de la A a la E y el ingreso bruto anual máximo permitido para esta última es de 72.000 pesos anuales. Las categorías de comercio e industria van de la F a la M y el ingreso bruto anual máximo es de 144.000 pesos.
6 > ¿Cómo funciona el régimen de contribuyente eventual? Se recategoriza cuatrimestralmente, pero se toma el ingreso anual. De acuerdo a una resolución que emitirá AFIP, cada cuatro meses deberá pagar el 5% de las facturas que presente como único concepto de pago.
7 > ¿Cómo juegan el monotributo y la moratoria? La inscripción vence (primera fecha) el 26 de julio. Se controlará por separado el cumplimiento de ambos regímenes, es decir, el incumplimiento de pagos de uno no será motivo para caducar la inscripción en el otro. Asi se pueden reempadronar aquellos monotributistas que tienen deudas.
8 > ¿Cómo será el incentivo para los que estén al día con sus pagos? Este año se devolverá medio mes. Desde 2005, un mes entero. También se aplicará a los autónomos.
Este contenido no está abierto a comentarios

