NO SE PODRÁ CORTAR EL SERVICIO TELEFÓNICO BÁSICO POR FALTA DE PAGO EN LA ZONA INUNDADA DE SANTA FE.
La medida fue dispuesta por el gobierno nacional a través del decreto 194/2003, publicado hoy en el Boletín Oficial.
Los considerandos de la norma señalan como “prioritaria la ayuda y asistencia en las zonas damnificadas y especialmente en lo atinente a conservar y mejorar los sistemas de telecomunicaciones dañados”.
La ley 25.735 declaró zona de desastre por el plazo de 180 días, prorrogable por el Poder Ejecutivo Nacional, a diversos departamentos de la provincia de Santa Fe, y procura paliar la situación de miles de damnificados por las inundaciones provocadas por el desborde del río Salado.
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