Normativa vigente sobre poda y extracción de ejemplares arbóreos
La Municipalidad de Santo Tomé, a través de la Oficina de Arbolado Público y Áreas Naturales, recuerda que están vigentes las Ordenanzas Nº 1125/84 y Nº 2309/02 (Código Municipal de Preservación Forestal), así como la Ley Provincial Nº 9004, por lo cual se encuentra prohibida la intervención particular sobre el arbolado público ya sea para la poda, extracción, corte de raíces o plantación de ejemplares.
La mencionada legislación establece que es obligatoria la previa inspección y autorización del Municipio para la realización de estas tareas, aclarando que los infractores serán pasibles de las multas previstas en el Código Municipal de Faltas.
Asimismo se informa que para la incorporación de nuevos ejemplares al arbolado urbano se deberá solicitar el permiso correspondiente a la referida oficina municipal, donde se indicará cuáles son las especies adecuadas y permitidas.
En otro orden, también es importante recordar que el volumen de restos vegetales a depositar en la vía pública nunca debe exceder el metro cúbico.
Los formularios para la solicitud de poda, extracción, reposición o plantación de árboles pueden retirarse en la Oficina de Arbolado Público y Áreas Naturales (Córdoba 2027, 1º piso), de lunes a viernes en el horario de 7:00 a 13:00, o bien descargarse vía on-line desde la página web del Gobierno de Santo Tomé (santotome.gob.ar/tramites/tramites/extraccion_de_arboles).
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