NOTIFE PUBLICA EN FORMA COMPLETA EL PEDIDO DE REQUISITORIA A ALBERTO MAGUID
El texto completo redactado por la Fiscal Federal. Los detalles que sostienen la vinculación entre el líder de UPCN y tres empresas:
AUTOS: “AFIP-DGI s/DENUNCIA INF. LEY 24.769”
EXPTE: 377/02
REQUISITORIA DE INSTRUCCIÓN
Señor Juez:
GRISELDA TESSIO, Procuradora Fiscal Federal, contestando la vista corrida en los autos de referencia, ante V.S. comparece y dice:
I.-Que en tiempo y forma vengo a formular Requisitoria de Instrucción en las presentes actuaciones de conformidad con las disposiciones de los arts. 180 y 188 del C.P.P., y en base a las consideraciones que seguidamente paso a exponer:
II.-1.-Se inician las presentes actuaciones con la presentación realizada por A.F.I.P. – D.G.I., donde expresa que ha efectuado fiscalizaciones a las firmas “COMPER S.R.L.”, “SEGUTEX S.A.” y “SERVYCOM S.R.L.”, proveedoras de la Unión Personal Civil de la Nación – Seccional Santa Fe (U.P.C.N.) y se detectaron irregularidades en el manejo de las tres empresas, íntimamente vinculadas a U.P.C.N., en lo que refiere a la provisión de ropa de trabajo a los empleados públicos provinciales con fondos provenientes del Gobierno de la provincia de Santa Fe, proponiendo una serie de allanamientos.-
2.-COMPER S.R.L., es una empresa con domicilio social y fiscal en calle Velez Sarsfield Nº 5650 Santa Fe, integrada por María de los Ángeles de Sastre y Carlos Gustavo Ramos, dirigida y administrada por ambos socios indistintamente.-
SEGUTEX S.A., es una empresa con domicilio fiscal en calle Tucumán Nº 633, 5º piso, Ciudad autónoma de Buenos Aires, integrada por Graciela Beatriz Ramos (Presidente hasta el 4 de Julio de 2001), Carlos Gustavo Ramos, Alfredo Bustamante (Director suplente) y Horacio Elvio Evangelista (Presidente desde el 4 de Julio de 2001).-
SERVYCOM S.R.L., tiene domicilio Fiscal en calle Montevideo Nº32, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, está integrada por Fernando Enrique Pérez (Socio Gerente) y Gabriel Gustavo Calabrese.-
AGB S.A.: Tiene domicilio fiscal en Córdoba 455 P.4 Dpto. B Capital Federal, esta integrada por Augusto Borlle y Álvaro González, y su actividad declarada es Servicio de asesoramiento profesional contable, jurídico e informático.-
3.-COMPER S.R.L.:
La AFIP-DGI solicitó información acerca de sus proveedores a U.P.C.N. – Seccional Santa Fe, entre los cuales surge COMPER SRL. Efectuadas consultas a las bases de datos fiscales, se constaron incumplimientos fiscales reiterados en materia impositiva: falta de presentación del Impuesto a las Ganancias año 2000, y de las Declaraciones Juradas del Impuesto al Valor Agregado desde el mes de Enero de 2000 a la fecha de inicio de la fiscalización el 27 de abril de 2001.-
Del pedido de informes a U.P.C.N. se obtuvo el detalle de las operaciones de ventas a la entidad gremial desde Enero de 2000 hasta Octubre de 2000, las cuales eran de importes relevantes. De la base de datos “FISCO” se observaron retenciones practicadas por U.P.C.N., infiriéndose a partir de allí que U.P.C.N. fue el mayor y más importante cliente de la fiscalizada.-
Se le requirió a COMPER S.R.L., que aporte la documentación respaldatoria de las ventas de los años 1999 y 2000, obteniéndose una respuesta parcial, ya que la firma solo aportó los comprobantes de ventas tipo “A” y “B” emitidos durante el año 1999. Se hizo una comparación entre el débito fiscal declarado del año 1999 con el resultante de los comprobantes aportados, detectándose una mínima diferencia a favor del fisco sin perjuicios de las diferencias detectadas con los depósitos bancarios.-
En relación a las compras se le solicitó información a la firma TEJIDOS OGLY S.A., la cual respondió enviando un detalle donde constan fecha, número de comprobante, descripción de los bienes e importe total de cada operación, desde enero de 1998 a septiembre de 2000. Del cruce de la información, entre las compras y las ventas -a partir de las facturas aportadas por U.P.C.N.- comparando el tipo de producto las cantidades y los precios unitarios de los bienes surge que se aplicaron importantes márgenes de marcación sobre compra, los cuales van desde un 50% a más de un 100%. Esta situación resultó llamativa considerando que no hay proceso de elaboración ya que COMPER SRL factura a U.P.C.N. metros de telas y compra a su proveedor también metros de telas, por eso resulta que la fiscalizada es una mera intermediaria en la adquisición de importantes cantidades de tela que utiliza finalmente U.P.C.N..-
Se detectaron dos cuentas bancarias vinculadas, una de ellas abierta en el Banco del Suquía S.A. a nombre de COMPER SRL, con importantes movimientos desde Junio de 1998 a Febrero de 2000 (si bien se observan movimientos posteriores a dicha fecha hasta 06/00 los mismos son significativamente inferiores a los detectados a los meses anteriores). La otra cuenta estaba abierta a nombre de la Sra. Graciela Ramos, hermana de uno de los socios gerentes, con importantes acreditaciones en el año 2000.-
Se compararon los depósitos bancarios de ambas cuentas con las ventas de la sociedad. Como resultado de ello la AFIP DGI informa lo siguiente:
-AÑOS 1998 Y 1999: los depósitos bancarios de la cuenta abierta a nombre de COMPER SRL, son manifiestamente superiores a las ventas declaradas, las cuales son coincidentes con los duplicados de las facturas aportados por la firma. –
-AÑO 2000: los depósitos de la cuenta a nombre de Graciela Ramos, son inferiores a las ventas ajustadas a COMPER SRL, las cuales se calcularon a partir de la información brindada por U.P.C.N..
A partir de las diferencias detectadas del cotejo entre depósitos bancarios y ventas de los años 1998 y 1999, se solicitó a U.P.C.N. que remita información de compras a la fiscalizada de los citados períodos. Una vez recibida la respuesta, se observaron que los comprobantes originales de facturas emitidas por COMPER SRL en poder de U.P.C.N., no resultan coincidentes en cantidades ni importes totales con los duplicados de los mismos comprobantes que posee COMPER SRL. Dichas diferencias se traducen en una facturación de importes mayores en los originales, en comparación con sus duplicados. (Ejemplo: Factura tipo “B” N° 1-15 del 27/4/99 importe total según duplicado $ 20.532,95 e importe total según original $ 57.283,27). U.P.C.N. efectúa los pagos correspondientes en función a los montos que figuran en los comprobantes originales, de allí la diferencia que se observa entre los depósitos bancarios y las ventas declaradas con COMPER SRL en base a los duplicados de las facturas.-
Mediante nota del 3 de mayo de 2002, U.P.C.N. informa la forma de pago de las facturas emitidas por COMPER SRL, de los años 1998 y 1999, los que se hicieron a través de cheques emitidos en su mayoría de la cuenta del Banco de Santa Fe N° 17810/00 “Fondo Ropa de Trabajo”, a excepción de dos cheques que corresponden a la cuenta N° 16250/06.-
En definitiva el monto de facturación que surge de los duplicados de facturas de los años 1998 y 1999, es de $ 1.118.035,64, monto que tomo COMPER S.R.L. para determinar el I.V.A.; en tanto que el monto según las facturas originales que abonó U.P.C.N. es de $ 2.170.838,70.-
La fiscalización fue descarga en el mes de Julio de 2001, arrojando los siguientes resultados: la firma COMPER SRL presenta las Declaraciones Juradas de los períodos 01-2000 a 10-2000 de IVA declarando iguales montos que los informados por U.P.C.N. y la Declaración Jurada de Impuesto a las Ganancias año 2000 consignando una utilidad neta sobre ventas del doce porciento (12%).-
4.-SEGUTEX SA:
A raíz de la fiscalización anterior, se notó que COMPER SRL trabajó hasta octubre de 2000, fecha en la cual comienza U.P.C.N. a operar en el mismo rubro con la firma SEGUTEX S.A.-
La actividad declarada por ambas sociedades es venta al por mayor de prendas de vestir, asimismo y en relación a la composición de las sociedades el Sr. Carlos Gustavo Ramos resulta socios de ambas.-
Efectuadas las lecturas a la base de datos de la AFIP DGI se observó la falta de presentación de Declaraciones Juradas del Impuesto al Valor Agregado desde su inicio (octubre de 2000) a la fecha de inicio de inspección (septiembre de 2001).-
Tal como se observara también en COMPER SRL, SEGUTEX S.A. no posee organización contable de sus operaciones comerciales, no lleva libros rubricados ni registraciones auxiliares.-
En relación al domicilio fiscal a través de una constatación efectuada por la agencia a la cual pertenece se informa que en el lugar no desarrolla actividad alguna la firma ni se encuentra personal relacionado con ésta.-
Requerida a la firma la documentación respaldatoria de sus operaciones, ésta aportó comprobantes de compras, gastos y ventas a través del presidente de su directorio Horacio Elvio Evangelista. Tal como se observara en la firma anterior U.P.C.N., es el principal cliente de la firma. A partir de dichos comprobantes se detallaron las facturas de ventas y compras.-
A fin de verificar la cancelación de dichas operaciones se recibió información de U.P.C.N., en donde se detallan los medios de pagos que consisten en cheques emitidos por U.P.C.N.. Selectivamente se requirieron copias de los mismos a la entidad bancaria emisora resultando que los cheques corresponden a la cuenta del banco de Santa Fe N° 17810/00 “U.P.C.N. FONDOS PARA ROPA TRABAJO” y N° 16250/06 “U.P.C.N.”, están emitidos a “SEGUTEX” y “SEGUTEX S.A.”, endosados por Alfredo Bustamante y Carlos Ramos, remitidos en pagos a los proveedores o endosados para sus depósitos en cuentas bancarias. En relación a esto último se observó en el dorso de un cheque un endoso a nombre Verónica Borlle en tanto que otros cheques fueron depositados en una cuenta corriente del Nuevo Banco de Santa Fe, cuya titularidad corresponde a la firma TRADE S.A. Resulta llamativo que Verónica Borlle es empleada de la firma TRADE S.A. según consta en la información brindada por el Banco de Santa Fe.-
En un acta labrada a la socia gerente de COMPER SRL, María de los Ángeles del Sastre de Ramos, la misma manifiesta en relación a cómo se efectuaban los pedidos de compras de textil U.P.C.N. a COMPER SRL, que “ siempre se hacían por intermedio del CPN AUGUSTO BORLLE, quien hacia los pedidos, confeccionaba las órdenes de pago, los medios de pago……”, de lo cual se observa coincidencia al encontrar el mismo apellido en la beneficiaria de un cheque, empleada de una firma (TRADE S.A.). La cuenta N° 19149/02 del Banco de Santa Fe SA, perteneciente a TRADE S.A., se encuentre mencionada en el reverso de algunos cheques. Por ejemplo, el 30 de abril de 2001 se observa un deposito de cheque en esa cuenta por $23.000, en tanto que el cheque de pago diferido N° 06246190 emitido de la cuenta 17810/00 del Nuevo Banco de Santa Fe S.A. Fondo Ropa de Trabajo de $ 23.000, tiene vencimiento el 30-04-01, y al reverso tiene la firma de Alfredo Bustamante, mencionando la cuenta corriente N° 19149/02.-
En referencia a las cuentas bancarias se menciona que se ha utilizado la cuenta corriente y caja de ahorro abierta a nombre de Graciela Ramos (ex presidenta de SEGUTEX S.A.), y una Caja de Ahorro abierta a nombre de SEGUTEX S.A.. Del análisis de los extractos bancarios surgen transacciones entre ambas cuentas, lo que prueba la utilización de la cuenta mencionada en primer término con la sociedad investigada.-
En cuanto a los proveedores de la firma se procedió a circularizar selectivamente a éstos de quienes se obtuvo información de comprobantes de compras y medios de pago. Cabe destacar que en su mayoría se detectaron pagos en efectivo y cheques recibidos de U.P.C.N. y endosados a sus proveedores, como ser 12 de Octubre S.A. y Tejidos Ogly S.A.-
De la documentación de compra se detectaron incumplimientos fiscales por parte del proveedor Andrés Aguirre y Asoc. SRL quien a su vez no respondió a las circularización oportunamente enviada, como así también se verificó esta última situación del proveedor Carlos Cúbito. La firma no demostró la realización de pago de los comprobantes de compras a la firma Andrés Aguirre y Asoc. SRL, ( por importes relevantes $ 8541,7 y $ 21030,34 cada factura) motivo por el cual los créditos fiscales generado en las mismas no se incluyeron en las declaraciones Juradas regularizadas durante la inspección.-
Del cotejo entre los precios unitarios de compras y ventas se observó igual comportamiento que en COMPER SRL, en lo que respecta a los abultados márgenes de marcación sobre los precios de compras. Por ejemplo se cita: Compra de antiparras para cirugía, a un precio unitario de $ 2,37 por una cantidad de 6 unidades el 30 de marzo de 2001 y su venta a U.P.C.N. el 30 de abril 2001 de las 6 unidades a $ 9,92 cada una; observándose un margen de utilidad sobre compra del 319%; – Compra de 49 botines aislados a $ 10,5 el 3 de abril de 2001 y su venta a U.P.C.N. de las 49 unidades a un precio unitario de $ 19,37, margen de utilidad sobre compra del 84%; – Compra de 12 cascos a un precio unitario de $ 2,2 el 31 de marzo de 2001 y su venta a U.P.C.N. de las 12 unidades a $ 4,56 margen de utilidad sobre compra aplicado del 107%; – Compra de 40 guantes de electricista a $ 11,5 y su venta a U.P.C.N. de las 40 unidades a $ 34,71, margen de utilidad del 202%; Compra de batista en febrero de 2001 a $ 1,8 el metro, se observan su venta por metro a U.P.C.N. por $ 5,83, aplicándose un margen de utilidad sobre compra del 223%.-
Asimismo se observa un desfasare entre las cantidades de mercadería adquirida en relación a las cantidades vendidas a U.P.C.N., siendo éstas significativamente superiores a las compras. En algunos casos se observan facturaciones de ventas de productos sin detectarse la compra correspondiente. Por ejemplo en Abril del 2001, se vendieron de acuerdo a la factura “B” 1-36 importantes cantidades de zapatillas sin localizarse facturas de compras de la misma, igual situación se produce en el caso de las corbatas (factura B 1-1 del 30/10/00 y trajes facturados (Fac. B 1-6, 1-9 y 1-12) en el año 2000.-
Se aclara que las comparaciones se efectuaron en base a la información recabada de los proveedores y a los escasos comprobantes aportados por la firma, evidenciando esto último una falta de cooperación por parte de la empresa investigada.-
El resultado de la fiscalización fue el siguiente: SEGUTEX S.A. regularizó las presentaciones de Impuesto al Valor Agregado por los períodos 10 de 2000 a diciembre de 2001 e Impuesto a las Ganancias del año 2000.-
5.-SERVYCOM SRL:
Otras de las firmas proveedoras de U.P.C.N. detectada, es SERVYCOM SRL., que como característica saliente, resulta que obedece a una sociedad conformada por dos personas, los Sres. Fernando Pérez y Gustavo Calabrese; el primero de ellos empleado en relación de dependencia de U.P.C.N., quien de acuerdo a manifestaciones vertidas en un acta, no ejerció funciones de administración, conducción ni dirección de la empresa, limitándose a cumplir órdenes recibidas telefónicamente, siendo el único socio gerente de la firma según contrato social. Tampoco ha efectuado aportes para la constitución de la sociedad, como así tampoco ha efectuado retiros, ni percibido utilidad alguna de parte de la misma.
El domicilio real de Fernando Pérez está fijado en la ciudad de Santa Fe, ubicado en el Barrio Fonavi “El Pozo”, sin haberse detectado bienes a su nombre. Esta situación, sumada al hecho que Pérez trabaja en relación de dependencia en U.P.C.N. -Seccional Santa Fe con un salario aproximado de $ 700 mensuales, no se condicen con el cargo de socio gerente de una empresa con una facturación anual aproximada de $ 500.000.-
Se intentó contactar al Sr. Fernando Pérez por medio de llamadas telefónicas a su domicilio laboral el cual está ubicado en el Camping de U.P.C.N., a quien se le dejó un número de teléfono para comunicarse con la AFIP-DGI. Posteriormente se recibe un llamado del mismo, donde manifiesta que no tiene vínculos con la sociedad y aporta un número de teléfono correspondiente a Capital Federal, que era el número que él utilizaba para comunicarse con la sociedad. Inmediatamente se llamó a dicho número (011-4312-8984), en donde respondió una persona quien dijo actuar en nombre de una firma denominada AGB S.A..-
En los primeros contactos telefónicos del personal de la AFIP DGI con el Sr. Fernando Pérez, el mismo no pudo precisar el nombre del otro integrante de la sociedad. Sin embargo, posteriormente, al hacerse presente en las dependencias de la AFIP, éste mencionó que “se contacta con Calabrese Gabriel Gustavo y otras personas de las cuales no recuerda los apellidos… suponiendo que serían ellos los que efectuaban los manejos de la empresa”. También lo mencionó al preguntársele si recibió o retiró algún dinero de SERVYCOM SRL, a lo que responde “que cuando necesitaba dinero se comunicaba con el Sr. Calabrese Gabriel o Emilio, quien le daba una mínima retribución, aproximadamente $ 100 por semana” .-
En fecha posterior al acta labrada se comunica nuevamente y aporta un número de teléfono de un asesor de la ciudad de Buenos Aires, quien resultó ser el C.P.N. José Alfredo Alegre, que luego concurrió a la AFIP – DGI en representación de la sociedad SERVYCOM SRL, y representando también al socio Gabriel Calabrese.-
La sociedad no colaboró en el transcurso de la fiscalización en lo que respecta al aporte de documentación comercial y registros contables. Por una única vez se hizo presente ante la AFIP – DGI el socio gerente Fernando Pérez a quien se le labró el acta mencionada, evidenciando una total desvinculación y desconocimiento con respecto al manejo social, contractual, comercial y financiero.-
El otro socio, el Sr. Gustavo Calabrese, por medio de comunicaciones telefónicas, intentó rápidamente desligarse de la citada sociedad manifestando que él ni bien conformó la sociedad a fines del año 1997, siendo socio minoritario vendió su parte. No se han aportados copias de actas, contratos ni datos del supuesto comprador a pesar de las dos citaciones enviadas. Se solicitó a Inspección de Justicia, donde se halla inscripto el contrato social de la citada sociedad, constatándose de la información obtenida de ello, que no se inscribieron modificaciones al instrumento mencionado.-
No obstante ello se apersonó en dependencias de la AFIP – DGI el C.P.N. José Alfredo Alegre en carácter de apoderado, con el fin de solicitar un plazo adicional para la contestación de los requerimientos, los cuales nunca fueron respondidos.-
En relación al domicilio fiscal, las notificaciones enviadas al mismo por correo con aviso de recibo, fueron devueltas con la leyenda “Desconocido”. La sociedad aporta una nota firmada por su apoderado, estableciendo un domicilio especial en Capital Federal.-
En lo que respecta al cumplimiento fiscal de la sociedad, ésta presentó Declaraciones Juradas del Impuesto al valor Agregado solo por el período marzo de 1998 a octubre del mismo año. Los importes allí declarados coinciden con la facturación informada por U.P.C.N.. No se detectaron presentaciones de Declaraciones Juradas del Impuesto a las Ganancias anteriores al inicio de la fiscalización.-
La información relativa a las ventas, se obtuvo de su principal cliente, sin que la sociedad, aporte los duplicados de la facturación emitida.-
A diferencia de las dos sociedades anteriores no se detectaron en la base de datos, indicios de operaciones de compras de ningún tipo, como así también se reitera la falta de cooperación por parte de la fiscalizada, quien no aportó documentación al respecto. Ello lleva a presumir la inexistencia de ventas reales de productos a raíz de la falta de comprobantes que respalden la adquisición de los mismos.-
U.P.C.N. no solo aporta a la fiscalización el detalle de las facturas que respaldan sus compras, sino que también asegura haberlas abonada a través de cheques emitidos por la entidad, correspondientes a las cuentas corriente N° 17810/00 – Fondo Ropa de Trabajo- del Nuevo Banco de Santa Fe. Se le solicitaron al banco selectivamente, copia de los cheques, donde se pudo observar que los mismos, en general por importes inferiores a $ 1.0000, fueron endosados, de acuerdo a las firmas obrantes en el reverso de los cheques, que corresponden a las siguientes personas, Sr. Román Edmundo Martínez, Oscar Pérez, Darío Andreoli, Alberto Maguid. El cheque Nº 484396 del 26 de Julio de 2000 por importe de $ 8.750, que de acuerdo a la nota remitida por U.P.C.N., abona la factura B N° 1-204 de SERVYCOM SRL, se encuentra endosado por Edmundo Martínez, Alberto Maguid y Darío Andreoli. En las copias de las facturas de SERVYCOM SRL aportadas por U.P.C.N., consta la firma del Sr. Gustavo Palopoli DNI 9.494.730, donde describe “ Recibí el importe “ó “ Recibí el Importe S/ Cheque del Banco Santa Fe N°……”
Resulta llamativo que el único socio gerente de SERVYCOM SRL, el Sr. Fernando Pérez, manifestó no reconocer al Sr. Gustavo Palopoli. De consultas efectuadas a la base de datos resulta inexistente el número de documento consignado en las facturas como perteneciente al último de los nombrados y ratificado en notas de U.P.C.N. como apoderado de SERVYCOM SRL.-
De las copias de los cheques solicitados selectivamente, se observa uno del 25 de agosto de 2000, que fuera endosado a favor de Augusto Borlle y depositado en su cuenta Caja de Ahorro 19050/06, de la sucursal 210 del Banco Francés. El Sr. Augusto Borlle fue nombrado por la Sra. María de los Ángeles del Sastre de Ramos, socio gerente de COMPER SRL, como responsable de efectuar a su empresa los pedidos, las compras y los pagos. Esta persona también fue mencionada por el Contador Juan Carlos Almeida al entregar las respuestas de las circularizaciones a U.P.C.N.. Cabe destacar que el Sr. Augusto Borlle es socio de la firma AGB S.A., que también es proveedora de servicios de U.P.C.N.. El domicilio de la firma está fijado en Capital Federal sito en Av. Córdoba 455, piso 4° B. Aquí se verifica también una coincidencia ya que el domicilio fijado en el contrato social como correspondiente al socio Fernando Pérez corresponde a un departamento ubicado en el sexto piso Nº 2 de Av. Córdoba 455 de Capital Federal.-
Se solicitaron copias de los extractos bancarios de la cuenta del Banco Francés del Sr. Augusto Borlle. Del análisis de los mismos se observaron depósitos relevantes en las mismas fechas o en fechas cercanas a las extracciones efectuadas de las Cajas de Ahorro de COMPER SRL y SERVYCOM SRL, por importes igualmente relevantes.-
Es importante destacar que en la información recibida de la entidad bancaria, Banco Ciudad de Buenos Aires se consignó como referencia dentro de los antecedentes de la sociedad SERVYCOM SRL y socio de la misma, el número de teléfono mencionado que pertenece a la firma AGB S.A.-
Con relación a los cheques por importes relevantes, los mismos fueron depositados en la Caja de Ahorro N° 073-17-0600767-4 abierta a nombre de SERVYCOM SRL en el banco del Suquía S.A., los cuales eran inmediatamente retirados en efectivos, como así también en la Caja de Ahorro N° 8374/8 del Banco Ciudad de Buenos Aires de SERVYCOM SRL , retirándose de igual manera. Al respecto, cabe mencionar que el Sr. Fernando Pérez, manifestó en el acta, cuando se le preguntó como se le pagaba la mercadería que retiraba y trasladaba a U.P.C.N., siendo éstas las únicas operaciones que cumplió para SERVYCOM SRL, a lo que responde que “ a través de un llamado telefónico se le informaba que pase por U.P.C.N. a retirar un cheque que luego depositaba en una cuenta bancaria a su nombre del Banco del Suquía. Asimismo a partir de allí autorizaba transferencias a nombre de SERVYCOM SRL, a una cuenta del Banco de la Ciudad de Buenos Aires, y que no recuerda números de cuentas.” Resulta extraño que Fernando Pérez siempre haya manifestado que los contacto con SERVYCOM SRL, fueron telefónicos, siendo que se constató a través de las boletas de extracciones de la cuenta bancaria que ésta posee en el Banco Ciudad de Buenos Aires retiros en efectivo por parte de Fernando Pérez, de acuerdo a las firmas obrantes en dichas boletas. Como asimismo se pudo constatar que Fernando Pérez es el único autorizado a operar con dicha cuenta según surge de “Solicitud Múltiple de aperturas de cuentas y adhesión a servicios”, por lo que al menos debería haber viajados unas tres veces a la ciudad de Buenos Aires en los meses de Setiembre, Octubre y Diciembre de 1999, mencionándose asimismo que dijo no recordar el número de cuenta. También manifestó que autorizaba transferencias a esa cuenta, cuando se detectan a través de los extractos bancarios y de la información de los cheques emitidos por U.P.C.N., que en la cuenta se depositaron valores al cobro emitidos por la entidad mencionada. Cabe destacar en relación al endoso de los cheques para su depósito y posterior extracción de la Caja de Ahorro de SERVYCOM SRL que posee en el Banco Suquia S.A.,que la firma de Fernando Pérez como socio gerente de esta, no se asemeja a la obrante en el registro de firmas que la entidad bancaria posee, en diversos cheques selectivamente solicitados cuyos importes son muy relevantes.-
Otra de las conclusiones a las que arriba la AFIP – DGI a partir del análisis de los medios de pago es que no se detectaron pagos a proveedores a través del endoso de los cheques.-
Con respecto a cuentas bancarias, se detectó la Caja de Ahorro abierta a nombre de SERVYCOM SRL en el banco Suquía S.A., sucursal Candioti, a la que se destinaron como depósitos los cheques más importantes de U.P.C.N., en pago de las facturas de la sociedad. Del movimiento del extracto bancario se observa el depósito e inmediata extracción del dinero en efectivo que, en algunos casos oscilaban entre $ 30.000 y $ 50.000. En una visita a la entidad bancaria de la AFIP DGI fueron atendidos por el Sr. Jefe Administrativo de dicha entidad, Sr. Guido Antonino García, a quien se le puso en conocimiento el motivo de la entrevista (averiguaciones acerca de los movimientos de depósitos y extracciones) y de la firma en cuestión. Al enterarse de la situación el mismo manifestó que debía efectuar consultas a la central, antes de responder, solicitándose un plazo para efectuar una respuesta formal a lo solicitado. Específicamente se le indagó acerca de quien era la persona que efectuaba los retiros en efectivo de sumas importantes, y si concurría en compañía de alguien. Verbalmente éste manifestó a los actuantes que se apersonaba el Sr. Fernando Pérez acompañado de una persona “muy conocida en los medios”. Si embargo en la respuesta escrita y firmada manifestó que los retiros eran efectuados por el titular de la cuenta. Cabe mencionar que la cuenta de COMPER SRL, estaba abierta en la misma sucursal citada.-
Otro punto que relaciona a las empresas COMPER SRL, SEGUTEX S.A. y SERVYCOM SRL, es el que resulta de la comparación de los precios de ventas unitarios facturados a U.P.C.N. ya que los mismos son similares en las tres empresas, y en lo que se respecta a la descripción del bien vendido se consignan iguales denominaciones para mencionar los productos. Se recuerda que no se detectaron compras efectuadas por SERVYCOM SRL.-
La firma SERVYCOM SRL presentó las Declaraciones Juradas de Impuesto a las Ganancias de los períodos 1998, 1999 y 2000, consignando una utilidad neta sobre ventas del 15%, durante el transcurso de la fiscalización.-
La sociedad se acogió a los beneficios del Dto. 1384/01, comprometiéndose a abonar 120 cuotas de $ 550,54, hecho que resulta llamativo considerando que se trata de una sociedad que no ejerce actividad alguna por lo que cabe el interrogante acerca de quién se hace o hará cargo de las cuotas; más aún considerando que su socio gerente tiene como única retribución un sueldo mensual de $ 700 aproximado como empleado en relación de dependencia.-
A fin de mencionar a otras personas que pueden aportar datos referidos a la situación que se describe en el presente informe y en relación a la firma SERVYCOM SRL, se cita que el Sr. Fernando Pérez manifestó el teléfono particular de su madre quien vive en el mismo edificio. En comunicaciones telefónicas a ese número, la persona que atendió que se identificó como la madre de éste, dijo que a su hijo le ofrecieron el trabajo en relación de dependencia en U.P.C.N. a cambio de figurar como socio de SERVYCOM SRL. Al respecto se corroboró que inicia su relación laboral en el mes de Abril de 1998, coincidiendo ésta fecha con el inicio de operaciones comerciales entre SERVYCOM SRL y U.P.C.N..-
La Sra. María de los Ángeles del Sastre, aportó información relativa al manejo de las empresas y personas vinculadas (específicamente menciona Augusto Borlle), siendo éstas de importancia para la investigación.-
Los destinatarios de los bienes adquiridos a COMPER SRL, Servycom SRL y a Segutex SA y luego elaborados y/o vendidos por U.P.C.N. son los empleados de la Administración Pública de la Provincia de Santa Fe.-
En nota de fecha 15 de octubre de 2001, enviada por U.P.C.N.-Seccional Santa Fe- firmada por su Secretario General, Alberto Maguid, manifiesta en el punto 4 “ Respecto a los destinatarios de los bienes adquiridos y/o elaborados son los empleados de la Administración Pública de la Provincia de Santa Fe. Se adjuntan fotocopias de planillas de entrega de la ropa de trabajo a los beneficiarios. Acompañamos a la presente, fotocopias de las notas de presentación AL SUPERIOR GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SANTA FE (SECRETARIA DE HACIENDA) de los informes referidos a las erogaciones de los tres cuatrimestres del año 2000 y al primero del año 2001, cumplimentando así lo requerido por las disposiciones vigentes y las que surjan de los actos administrativos respectivos de la delegación de funciones….”. En el punto 2 de la misma nota dice: “ en los casos de adquisición de materia prima el proceso de confección es efectuado por U.P.C.N. -Seccional Santa Fe; POR CUENTA Y ORDEN DEL SUPERIOR GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, SEGÚN ACTA DE PARITARIAS N° 37 DEL 09-02-90. Con ello se pone de manifiesto que el movimiento financiero en relación “a Fondo para Ropa de Trabajo“ instituido por el acta de paritaria mencionada debe rendir cuenta al Secretario de Hacienda del Gobierno de la Provincia de Santa Fe, de lo que se infiere que se trata de fondos públicos.-
III.-En base a lo expuesto, se requirió por intermedio de esta Fiscalía Federal una serie de órdenes de allanamiento en fecha 5 de Julio de 2002, que fueron libradas en fecha 23 y 27 de diciembre de 2002, del resultado de los allanamientos a la AFIP DGI produce un nuevo informe donde expresa que:
1.-Documentación secuestrada del domicilio de calle Córdoba Nº 455 piso 4º Dpto. B de Capital Federal perteneciente a AGB SA: De dicho domicilio se secuestró documentación diversa (Copias de contratos varios, cuaderno de llamadas telefónicas entrantes y salientes, Notas, etc.), también talonarios de recibos pertenecientes a Álvaro González (socio de AGB SA) y talonarios de remitos y facturas de la firma Servycom SRL, cuadernillos con rendiciones de cuentas al Sec. De Hacienda del Gobierno de la Provincia de Santa Fe, CPN Juan Carlos Raviolo, del movimiento financiero del Fondo Ropa de Trabajo, en donde se adjuntan fotocopias de las facturas, remitos y recibos de las mercaderías y servicios contratados.-
2.-Documentación secuestrada del domicilio de calle Rivadavia Nº 2527 de Santa Fe perteneciente a la Unión del Personal Civil de la Nación (UPCN): Se secuestró una caja con legajos de facturas, remitos, ordenes de compra, formas de pago y cuentas corrientes por operaciones realizadas para la Textil Malvinas Argentinas a las empresas Comper SRL, Segutex SA, Servycom SRL y AGB SA.-
3.-AUDITORIA PRACTICADA: La auditoria se realizó analizando la documentación secuestrada en los allanamientos, profundizando la auditoria anterior. Se circularizó a terceros, que puedan resultar de interés para ratificar, rectificar o ampliar lo ya actuado en la etapa anterior. Los terceros a los que se les solicitó información son los que se detallan a continuación y con los resultados que aquí se informan:
-Nuevo Banco de Santa Fe SA: Se solicitaron fotocopias de anverso y reverso de algunos cheques librados por UPCN desde su cuenta corriente Nº 17810/00 “Fondo Ropa de Trabajo”.-
-Sweters Romano SRL: Proveedor de la Textil Malvinas Argentinas, una vez recibida la respuesta, se procedió a compulsar los cheques recibidos en carácter de pago con los movimientos de la cuenta Fondo Ropa de Trabajo cuyo detalle obra en la caja secuestrada de UPCN.-
-Alberto y Vicente SRL: Proveedor también de la textil, que surge de las rendiciones realizadas a través de los cuadernillos secuestrados en AGB SA de Rendiciones al Secretario de Hacienda de la Provincia, y que comercializa las mismas mercaderías que Comper SRL, Segutex SA y Servycom SRL y que además los precios unitarios de dichas mercaderías en sus operaciones con la Textil son prácticamente iguales a los de las firmas mencionadas (Comper, Servycom y Segutex).-
-Unión del Personal Civil de la Nación: a efectos de que detalle las empresas de transportes que utilizaban para el traslado de la mercadería adquirida a Servycom SRL. Dicha entidad contesta que como el flete era a cargo de la vendedora, no puede aportar dato alguno.-
-Inspección General de Personas Jurídicas: Se le solicitaron las modificaciones al contrato de Alberto y Vicente SRL y de poseer datos sobre las transferencias de acciones de Segutex SA, sin que se haya recibido respuesta.-
-Palopoli Gustavo Oscar: En las facturas de Servycom en poder de UPCN hay una firma con la leyenda “Recibí conforme cheque Nº..” y aclara Palopoli consignando un nº:9494730, el cual consultado a las bases no corresponde a ningún DNI, pudiendo referirse a una Cedula de identidad. Durante el transcurso de la fiscalización a Servycom, no pudo ser localizado, pero a través de la documentación secuestrada en AGB SA, en un cuaderno de registro de llamadas telefónicas, se encontró un número de teléfono con su nombre, que al llamar al mismo el personal de la AFIP interviniente fue comunicado con el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y a través de un número interno, con el despacho del Dr. Gustavo Palopoli, al que se le comunicó que se le enviaría una nota a su domicilio fiscal a efectos de que conteste algunas preguntas. Recibida la respuesta, el mismo manifiesta que es apoderado de la firma Servycom SRL, y en su carácter recibía cedulas, intimaciones, mandamientos y a veces recibía cheques, que luego eran entregados a la firma no recordando a que persona en particular se lo entregaba, desconociendo las cuentas bancarias que manejaba la misma. A fin de ahondar un poco más en las respuestas dadas y a efectos de solicitar copia del poder invocado, fue remitida una nueva nota que se encuentra pendiente de contestación. Algunos de los cheques que según la documentación secuestrada tiene la firma de recepción de Palopoli, al ser solicitados al banco las fotocopias por la inspección anterior, fueron cobrados por Alberto Maguid, Román Martínez y Darío Andreoli.-
4.-ANÁLISIS DE LA DOCUMENTACIÓN SECUESTRADA
De la documentación secuestrada, surgen los siguientes elementos que se exponen a continuación:
-Nota realizada por Borlle (accionista de AGB SA) sin firmar al Sec. Gral. de UPCN del 22/6/99 en donde informa el deterioro de las telas debido a filtración de agua y posterior ardido de las mismas.-
-El domicilio fiscal de Servycom SRL es Montevideo 32 de Capital Federal, coincidente con el domicilio declarado en la escritura de constitución de AGB SA por los accionistas Álvaro González y Augusto Borlle y sus repectivas esposas.-
-Nota de AGB comunicando a la textil Malvinas Argentinas que comprará a Servycom y a Néstor Porrás por escasez en Comper.-
-En el contrato de provisión celebrado para el año 1997 el 20/1/1997 entre UPCN y Comper SRL se deja constancia de que la mercadería deberá ser entregada por el proveedor en el domicilio de la textil y que además tiene anexos con detalle de la mercadería a comprar y de sus precios. Dicho contrato fue realizado en hojas con membrete de UPCN y constan las firmas en original de Alberto Maguid en su carácter de Secretario Gral. De UPCN, Román Edmundo Martínez, en su carácter de Sec. De Finanzas de UPCN, Carlos Ramos y Raúl De Biaggio como socios gerentes fundadores de Comper SRL.-
-En las facturas de Servycom en poder de UPCN figura una firma con aclaración de Gustavo Palopoli en carácter de recepción de los pagos. Dentro del cuaderno secuestrado de las oficinas de AGB se localizó un número de teléfono que era indicado como de Palopoli. -Se secuestraron talonarios de recibos “C” de Álvaro González (accionista de AGB SA) años 1995 y 1996. Le facturaba honorarios a la textil solamente y entre cada factura emitida deja en blanco algunas y anuladas varias otras, igual a la metodología utilizada en las empresas de autos. Durante 1999 factura solamente a la Presidencia de la Nación Sec. Gral. Cascos Blancos en forma consecutiva y correlativa. Cabe aclarar que también Servycom en el año 1998 le facturó a la Fundación Cascos Blancos, según surge de las bases de datos de la AFIP-DGI.
-AGB SA imprimió facturas en marzo de 1998 en la imprenta Rodríguez García Valiño, coincidente con el lugar y fecha de impresión de las facturas y remitos de Servycom.-
-En el allanamiento a la firma AGB se secuestraron varios talonarios de la empresa Servycom SRL, tanto de remitos como de facturas, comprobándose la duplicación y en algunos casos hasta la triplicación de los mismos, por lo que se realiza el siguiente detalle a fin de clarificar lo antes dicho:
Remitos X nº 0/51 a 0/100: Imprenta Jorge Rodríguez Valiño impresas en 3/98- Talonario totalmente en blanco.
Remitos X nº 0/51 a 0/100: Imprenta Jorge Rodríguez Valiño, impresas en 3/98. Ejemplares en blanco con faltantes de juegos completos y en algunos solo quedo el triplicado en blanco.
Remitos X nº 0/1 a 0/50: Imprenta Jorge Rodríguez Valiño, impresas en 3/98. En blanco con juegos faltantes.
Remitos X nº 0/1 a 0/25: Imprenta Jorge Rodríguez Valiño, impresas en 3/98. Hay duplicados emitidos a UPCN y hay faltantes de juegos completos.
Remitos X nº 0/1 a 0/50: Imprenta Jorge Rodríguez Valiño, impresas en 3/98. Con juegos faltantes y uno anulado a UPCN.
Facturas B nº 0/1 a 0/50: Imprenta Jorge Rodríguez Valiño, impresas en 3/98. En blanco con faltantes de juegos.
Facturas B nº 1/1 a 1/50: Solamente están los duplicados en blanco.
Facturas B nº 1/1 a 1/50: Solamente están los originales en blanco.
Facturas B nº 0/51 a 0/100: Imprenta Jorge Rodríguez Valiño, impresas en 7/98.
Facturas A nº 0/1 a 0/50: Imprenta Serv. Graf. Integral, impresas en 3/98.
La imprenta mencionada en los casos de repetición de numeración, Rodríguez Valiño, (que coincide con el lugar en donde AGB imprime sus propias facturas), fue circularizada en su oportunidad por la inspección realizada a Servycom, no recibiendo respuesta alguna.-
Con las facturas y remitos de Servycom secuestradas del domicilio de UPCN y los talonarios secuestrados del domicilio de AGB se realizaron comparaciones que se detallan a continuación:
FACTURAS EN PODER UPCN recibidas de Servycom SRL TALONARIOS LOCALIZADOS EN AGB SA
Impresas en 3/98 por Rodriguez Garcia Valiño
FACT B Nº FECHA IMPORTE OBSERVACIONES
0000/00000004 27/04/1998 $15.250,75 Juego en blanco sin usar
0000/00000007 04/05/1998 $50.392,50 Juego en blanco sin usar
0000/00000008 07/05/1998 $1.705,95 Juego en blanco sin usar
0000/00000010 26/05/1998 $14.934,00 Juego en blanco sin usar
0000/00000024 04/08/1998 $5.000,00 Falta el juego completo
0000/00000025 25/08/1998 $1.000,00 Falta el juego completo
0000/00000012 18/05/1998 1,200.00 $ Juego en blanco sin usar
FACTURAS EN PODER UPCN TALONARIOS LOCALIZADOS EN AGB SA
Impresas Por Luis Sellaro el 27/1/99 Impresas en 3/98 por Rodriguez Garcia Valiño
FACT B Nº FECHA IMPORTE OBSERVACIONES
0001/00000007 07/01/1999 $5.000,00 Original y duplicados en talonarios distintos en blanco
0001/000012 18/01/1999 $4.700,00 Original y duplicados en talonarios distintos en blanco
0001/000037 29/03/1999 $8.688,57 Original y duplicados en talonarios distintos en blanco
REMITOS EN PODER UPCN TALONARIOS LOCALIZADOS EN AGB SA
Impresas en 3/98 por Rodriguez Garcia Valiño Impresas en 3/98 por Rodriguez Garcia Valiño
En el membrete no tiene nº de telefono En el membrete tiene el te nº 312-4548
REMITO Nº FECHA OBSERVACIONES
0000/00000032 04/01/1999 Juego en blanco
0000/00000033 05/01/1999 Juego en blanco
0000/00000034 15/01/1999 Juego en blanco
0000/00000042 15/02/1999 Juego en blanco
0000/00000067 20/10/1999 Está el triplicado en blanco pero sin el nº de telefono en el membrete .
De estas comparaciones se desprende que existen facturas y remitos emitidos y que a su vez hay ejemplares con los mismos números en blanco (talonarios mellizos) o bien dicho ejemplar no se encuentra en el talonario.-
Luego de la apertura de las cajas, se hizo presente en las oficinas de la AFIP-DGI la Sra. María de los Ángeles del Sastre, socia gerente de Comper SRL, exhibiendo ante las actuantes órdenes de compra originales emitidas por la Textil Malvinas Argentinas en las cuales se detalla la descripción de los bienes solicitados, cantidades, costo unitario, cantidad total, fechas, formas e importes a pagar, como así también el lugar de entrega de las mismas. Las órdenes están firmadas al pie aclarando “pedido por” y la firma de Augusto Borlle. Sra. María de los Ángeles del Sastre manifiesta “que las operaciones realizadas por la firma a la que representa y la Textil Malvinas Argentinas eran pactadas y realizadas exclusivamente por el otro socio gerente, el Sr. Carlos Gustavo Ramos.-
Se aclara además que de la documentación secuestrada de la sede de UPCN, se desprende que los remitos emitidos por Servycom SRL eran firmados en carácter de recepción de la mercadería allí detallada en algunos casos por Hugo Porfirio y en otros por Adrián Tozolón, que según consultas realizadas a las bases de datos de la DGI serían empleados de UPCN.-
Cabe destacar que a la firma Servycom SRL no se le pudieron detectar compras como en el resto de las empresas involucradas.-
Un dato adicional al ya aportado por la auditoria anterior, es que existe un cheque Nº 624270 emitido a nombre de Segutex SA, por $60.000 de fecha 15 de enero de 2001, depositado en una cuenta del Banco de Santa Fe Nº5025/02 perteneciente a una cuenta salario a nombre de Laura Piñero D.N.I. 13.925.291 con domicilio en Calle Bv. Gálvez 2073 de esta ciudad, cuyo monto fue extraído en el día.-
Otro dato de interés, es que según surge de los legajos de Segutex, se empezaron a realizar pagos con anterioridad a que la firma comenzara a facturar en el inicio de las actividades.-
5.-PROFUNDIZACIÓN DE LAS RESPUESTAS A LAS CIRCULARIZACIONES:
-CONTESTACIÓN NUEVO BANCO DE SANTA FE: Dicha circularización fue remitida el día 28 de marzo de 2003, recibida según aviso de retorno el 3 de abril de 2003. En reiteradas oportunidades fue solicitado telefónicamente la remisión de lo requerido, y recién con fecha 9 de junio de 2003 se recibió la respuesta solicitada, de la cual se desprende, de la selección de cheques realizada, que:
El cheque Nº 877071 de fecha 30/1/98 por $ 23235,12, según los legajos secuestrados del domicilio de UPCN, figura como pago a Comper SRL, en donde abrochado a dicho legajo, aparece una boleta de depósito sin número de cuenta, por el importe del cheque del Banco Roberts. De la fotocopia del rollo microfilmado aportada por el banco se puede ver “páguese este cheque a Banco Robert” (es decir a la orden del Banco Robert), no pudiéndose ver en el reverso si existe alguna firma. Se destaca que de la inspección realizada a Comper SRL no surge que tuviera cuentas en dicho banco, razón por la cual no se puede ratificar que con dicho valores canceló alguna operación con Comper SRL.-
En los reversos de los cheques números 8085874, 80858811, 483981 y 484026 de fechas 19 de julio,17 de agosto, 9 de noviembre y 1º de diciembre de 1999, todos ellos de $ 200 cada uno, aparecen los endosos con la firma de Alberto Maguid, Román Martínez y Darío Andreoli. Según los legajos de UPCN fueron entregados bajo recibo a Servycom SRL.
En el cheque nº 6246250 de fecha 30 de noviembre de 2000 por $30.000.- librado a nombre de la firma Alberto y Vicente SRL, aparece un endoso con firma cuya aclaración dice “Alberto y Vicente SRL socio Gerente” con un sello de la entidad bancaria receptora en donde se alcanza a ver la fecha “5/12/2000- y Suc.Santa Fe” sobre el mismo el sello del banco de origen (NBSA) del 6/12/2000. Lo mismo ocurre con el cheque Nº29588 del 29/6/2001 por $ 9.218.-
En los cheques números 29384 y 29425 de fechas 25 de enero y 27 de febrero de 2001 por $ 33.952 y $ 27.386 respectivamente, se puede ver en el endoso una firma con aclaración Sweters Romano SRL y un número de cuenta 15/11069/5. El sello del banco que lo decepciona dice “Banco Río de la Plata Suc. Santa Fe”. A través de la base de datos de esta Dirección se pudo ver que la empresa Sweters Romano SRL con domicilio fiscal y comercial en Capital Federal, posee la mayoría de sus cuentas en dicha ciudad, excepto una, la mencionada en el cheque perteneciente a la sucursal Santa Fe.-
5.- AGB SA (Intermediario entre la Textil Malvinas Argentinas y las empresas proveedoras):
La firma AGB SA (Augusto Borlle y Álvaro González) era la que recibía los cheques de manos de UPCN (ya que era parte de la gestión por la que cobraran honorarios) y luego los entregaba en Capital Federal (sede de sus oficinas y de los proveedores) a quienes eran sus destinatarios.-
Esta empresa es la que realiza las transacciones de compras y pagos de la Textil con el resto de las empresas proveedoras, facturándole honorarios mensualmente por ello. Su cliente habitual es la Textil y esporádicamente le realiza servicios a algunas empresas, las que fueron circularizadas y por las que no se hacen objeciones por parte de la DGI.-
6.-CONCLUSIONES:
En cuanto a Servycom SA, no se encontraron datos que hicieran presumir la existencia de compras de mercaderías por parte de esta. Si bien pudo ser localizado la persona que aparecía firmando la recepción de los cheques, Gustavo Palopoli, no aportó mayores elementos, no obstante está pendiente un segundo pedido en donde se le solicita según el carácter de apoderado invocado, copia del poder, libros de compras y ventas, facturas, etc.
Además con relación a Servycom SRL, fueron localizados talonarios de remitos y de facturas (cuyas irregularidades ya fueron mencionadas) en el domicilio de AGB SA, empresa que hace de nexo entre UPCN y los proveedores de la textil. Se recuerda que el único socio gerente de esta firma es un empleado de UPCN Seccional Santa Fe con un sueldo de $700, quien de acuerdo a manifestaciones vertidas en actas en la inspección llevada a cabo oportunamente a la firma, no ejerció funciones de administración, conducción ni dirección de la citada, limitándose a cumplir órdenes recibidas telefónicamente.-
Otro dato a aportar, es que al realizar el análisis de los márgenes de marcación a que vende Alberto y Vicente SRL a la Textil de UPCN, de donde surge que todos ellos rondan entre el 100 y el 200%, se puede afirmar que los datos de los márgenes de marcación calculados en los informes anteriores de las firmas Segutex SA, Comper SRL y Servycom SRL son fehacientes, ya que los precios de ventas de estas empresas son prácticamente iguales a los de venta de Alberto y Vicente SRL para con la Textil y que además tomando como base un proveedor distinto a los tomados en el análisis anterior (lo que es posible ya que se trata de las mismas mercaderías) los mismos se mantienen.-
En todos los casos las gestiones de compras y pagos las realiza AGB SA, según consta en la documentación secuestrada.-
IV.-De lo expuesto surge claramente que se ha organizado una estructura con el fin defraudar al estado provincial santafecino, ya que utilizando fondos públicos destinado a dar cumplimiento a la provisión de ropa de trabajo a los empleados públicos provinciales, que por un convenio su administración fue cedida a la Seccional Santa Fe de la Unión Personal Civil de la Nación, cuyo Secretario General es el Sr. Alberto Maguid, se han “inflado” en forma desmedida los precios de los bienes que compraba U.P.C.N. para proveer a los empleados públicos, utilizando como intermediarias empresas cuyo objetivo era precisamente “inflar” los precios de la intermediación para presentar al gobierno provincial un balance donde justificaba la inversión en ropa de trabajo. Pero no solamente se trataba de aumentar los precios, además se fraguaban operaciones inexistentes. Estas empresas se encontraban intimamente relacionadas con la conducción del gremio estatal, como el caso del Sr. Fernando Pérez que era empleado en relación de dependencia del gremio (con un sueldo de $700) y gerente de una de las proveedoras.-
La rotación del dinero también demuestra cómo los pagos realizados a estas empresas volvían a la conducción del Gremio. Cómo lo demuestran los cheques que fueron librados por U.P.C.N. para pagar facturas a estas empresas que fueron cobrados por el mismo Alberto Maguid.-
Es evidente que las empresas investigadas fueron creadas para los fines señalados, es inconcebible que U.P.C.N. no haya adquirido directamente a los mayoristas los productos que adquiría con sobreprecios superiores al ciento por ciento.-
En esta organización han participado, además de las autoridades del gremio, los integrantes de la firma AGB S.A. Señores Augusto Borlle y Álvaro González, que intermediaban en estas supuestas operaciones comerciales, llegando al límite de haber asignado su domicilio y teléfono a una de las empresas con las que negociaba.-
A este grupo no solo le bastó con defraudar al Gobierno Provincial, sino que además se dedicó a defraudar al Fisco Nacional, evadiendo el pago de impuesto nacionales, lo cual ha sido reconocido mediante la presentación de Declaraciones Juradas, no correspondiendo por lo tanto practicar el procedimiento de Determinación de Oficio, como así tampoco en lo que refiere al resto de las operaciones que no fueron conformadas hasta tanto no se demuestre la veracidad de las operaciones detectadas.-
V.-De acuerdo con lo expuesto este Ministerio Público Fiscal entiende que se ha constituido una Asociación Ilícita destinada a defraudar a la Provincia de Santa Fe y evadir Impuestos Nacionales, cuya Jefatura era ejercida por el Sr. Alberto Maguid, Secretario General de U.P.C.N., organizada por los integrantes de la firma AGB S.A. Señores Augusto Borlle y Álvaro González, e integrada por María de los Ángeles del Sastre, Carlos Gustavo Ramos, Graciela Beatriz Ramos, Alfredo Bustamante, Horacio Elvio Evangelista, Fernando Enrique Pérez, Gabriel Gustavo Calabrese, Gustavo Palopoli.-
VI.-Por lo tanto, y atento a que uno de los objetivos de esta Asociación Ilícita era defraudar al Gobierno de la Provincia de Santa Fe, este Ministerio Público Fiscal solicita se le remita copia de las presentes actuaciones a la Justicia Provincial para que prosiga con el trámite en lo que respecta a los delitos que son de su competencia.-
VI.-A los fines de orientar la investigación este Ministerio Público Fiscal solicita la producción de las siguientes medidas:
1.-Se le reciba declaración indagatoria por la presunta infracción a los delitos previstos y penados por los arts. 210 del Código Penal y 1ro. de la Ley 24.769, a los Sres. Alberto Maguid, Augusto Borlle y Álvaro González (estas tres personas de conformidad con lo dispuesto por el art. 210, 2do. párrafo del Código Penal, Maguid como Jefe y Borlle y González como organizadores), y María de los Ángeles de Sastre, Carlos Gustavo Ramos, Graciela Beatriz Ramos, Alfredo Bustamante, Horacio Elvio Evangelista, Fernando Enrique Pérez, Gabriel Gustavo Calabrese, Gustavo Palopoli (como integrantes).-
2.-Se le reciba declaración testimonial a: María Laura Ananía, Claudia Patricia Gatti, Verónica Borlle, Román Edmundo Martínez, Oscar Pérez, Darío Andreoli, Guido Antonino García, Laura Piñero, Juan Carlos Raviolo, Hugo Porfiri, Adrián Tosolini .-
VII.-Por lo expuesto a V.S. solicito:
1.-Tenga por formulada Requisitoria de Instrucción en tiempo y forma.-
2.-Ordene la producción de las medidas propuestas.-
3.-Se declare incompetente para investigar la defraudación cometida en perjuicio de la Provincia de Santa Fe, por esta supuesta asociación ilícita, remitiendo copia de las presentes actuaciones.-
Fiscalía Federal, 8 de agosto de 2003.-
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