NUEVAS REGLAS PARA SACAR A MENORES DEL PAÍS
A partir de hoy se modifican las reglas para que los menores puedan salir del país. Ya no se otorgarán licencias para que los niños viajen una y otra vez, indefinidamente, sino que ambos padres deberán asentar su autorización cada vez que el chico deba cruzar la frontera solo, con uno de los miembros de la pareja o con terceros al matrimonio.
Como una de las principales causas de desaparición de menores es la sustracción por parte de uno de los padres, la Dirección Nacional de Migraciones modificó el régimen de autorizaciones para salir del país.
Hasta ayer, la autorización se tramitaba una vez y servía indefinidamente hasta que el menor cumpliera 21 años. Además, no incluía datos tales como con quién viajaba, hacia dónde se dirigía y quién lo recibiría en el país de destino. Es decir, era genérica e innominada: en caso de que el menor desapareciera o fuera sustraído por uno de los padres en el exterior o por un tercero, esa autorización no servía como método de localización del chico.
A partir de hoy, los jueces, los escribanos, los cónsules -en el caso de menores extranjeros que ingresen en el país- o los oficiales públicos del Registro Nacional de las Personas, extenderán los certificados sobre la base del nuevo modelo oficial. No obstante, las viejas autorizaciones serán aceptadas por las autoridades de Migraciones hasta el 31 de marzo del año próximo.
La disposición 31.100/2005 de la Dirección General de Migraciones se publicó en el Boletín Oficial el 3 del actual y modifica el artículo 2 de la resolución 2895/85. Hasta esta modificación, la normativa migratoria no incluía ni el destino del viaje ni las condiciones en las que viajaba el menor.
“El objetivo de esta modificación es evitar los poderes que autorizaban a un menor a salir del país desde la fecha de emisión hasta su mayoría de edad. Las nuevas relaciones familiares son cada vez más complejas y entendemos que esta modificación aumenta los recaudos en materia de protección del niño, sobre todo, porque crea un subregistro de datos de menores de seis años, que es la franja más vulnerable a la sustracción parental”, explicó el director de Asuntos Jurídicos de la Dirección Nacional de Migraciones, Marcelo Mamberti.
Se trata de un “control necesario y conveniente, debiéndose ejercer teniendo en consideración el interés superior de los menores, en consonancia con el artículo 3º de la Convención sobre los Derechos del Niño”, detalla en sus fundamentos la nueva disposición (ver aparte).
POR EDADES
Las autorizaciones que deberán expedirse a partir de hoy requieren distintos tipos de datos según la edad de los menores que saldrán del país.
Los formularios que correspondan a los menores de 14 años que viajen solos al exterior deben especificar el país de destino, y el nombre, apellido, número de documento y domicilio del adulto receptor. En caso de viajar acompañados, se deben incluir los datos personales del mayor a cargo.
Para los menores de seis años, Migraciones crea un Registro de Datos de Tránsito. Antes de embarcar, un oficial de esa dependencia requerirá la información de quién viaja con el menor, archivará una copia escaneada de la autorización de sus padres y adjuntará observaciones tales como si están presentes los dos padres al momento de partir, sólo uno de ellos o si el chico sale del país con un tercero.
Cuando se trata de menores de entre 14 y 18 años se debe indicar el país de destino y los datos del acompañante, en caso de que no viaje solo.
Para los que tienen entre 18 y 21 años siguen teniendo validez los viejos permisos, en todos los casos.
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