OBEID PROMULGÓ LA LEY QUE SUSPENDE LOS PROCESOS JUDICIALES CONTRA LOS DEUDORES HIPOTECARIOS
El gobernador Jorge Obeid promulgó la ley sancionada el jueves por la Legislatura, que suspende los procesos judiciales que se tramitan contra los deudores hipotecarios santafesinos.
El primer mandatario firmó muy temprano la norma y la envió a la imprenta estatal. Se estima que el próximo martes entrará en vigencia a partir de la publicación en el Boletín Oficial.
Finalmente, y en una rápida aprobación, que llevó poco más de diez minutos, el jueves los diputados justicialistas dieron quorum en la Cámara Baja para aprobar el proyecto que suspende las ejecuciones hipotecarias por 180 días. Inmediatamente, el proyecto pasó a Senadores y se convirtió en ley con la aprobación de la Cámara Alta.
La aprobación desató el festejo de los deudores hipotecarios, que presenciaron la sanción, ansiosos de que el proyecto se convierta en ley, para entrar en vigencia cuanto antes, cosa que finalmente ocurrió.
Este proyecto del senador Juan Bacalini ya había obtenido la media sanción de la Cámara alta la semana pasada. En consecuencia, apenas el Poder Ejecutivo promulgue la ley y la publique en el Boletín Oficial, empezará a correr la suspensión por 180 días de los remates y ejecuciones fiscales, lapso en el que, se espera, pueda encontrarse una solución definitiva para los siete mil deudores hipotecarios que existen en la provincia de Santa Fe. La Cámara de Diputados sancionó la norma luego de introducirle algunas modificaciones, que ayer mismo fueron convalidadas por el Senado.
Los diputados quitaron el artículo Nº3 de la iniciativa original, que mencionaba algunas de las excepciones a la ley, cuestión que se consideró innecesaria debido no sólo a que el listado debería ampliarse, sino que el artículo 2º refiere directamente a los que están comprendidos en la norma.
Este artículo dispone que la vivienda hipotecada debe cumplir con los siguientes requisitos: que recaiga sobre una vivienda única, familiar y de ocupación permanente; que el importe de origen del crédito hipotecario no exceda la suma de cien mil pesos y que la vivienda sea habitada por el deudor, lo que justificará mediante declaración jurada.
Seguidamente, dice que la “falsedad” de ese documento “formulado por el deudor, implicará la pérdida de los beneficios establecidos” en la norma. El artículo tercero establece que la ley es de “orden público y entrará en vigencia a partir de su publicación en el boletín oficial”, cosa que el Poder Ejecutivo se comprometió a realizar hoy mismo.
LAS DISCUSIONES PREVIAS
El titular de la Asociación Santafesina de Deudores Hipotecarios Héctor Zamaro, presente en la Legislatura, sostuvo que “el lunes estuvimos reunidos con los presidentes de los bloques y habíamos acordado que la ley se terminaba de sancionar hoy, a través de la Cámara de Diputados y que se publicaría en el Boletín oficial, para tranquilizar a tanta gente que sufre por éste tema de los remates, y hoy nos encontramos con que quieren sacar el artículo 3º”.
Además, Zamaro indicó que esa modificación no había sido remarcada en la reunión mantenida el pasado lunes con los presidentes de los bloques.
Cabe aclarar que para la semana próxima están previstos alrededor de nueve remates lo que demuestra la urgencia de la aprobación de dicha ley, y en tal sentido, Zamaro adelantó que “nosotros vamos a resistir todos los remates”.
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