OCUPAR UN MUNICIPIO “NO CONSTITUYE DELITO”
La resolución judicial, que no tiene precedentes en la provincia, fue dictada por la jueza de instrucción de Pico Truncado Cristina de los Angeles Lembeye, quien desestimó la denuncia que la comuna había presentado contra las manifestantes.
El último 23 de septiembre, el intendente local, Osvaldo Maimo, pidió a Lembeye el desalojo compulsivo de las mujeres, pese a que su presencia, en forma pacífica, no afectaba la actividad del municipio.
Con el correr de los días, el número original de las ocupantes -un veintena-, se vio reducido en forma notable, ya que un sector acordó la formación de cooperativas de trabajo, una de las soluciones planteadas por la comuna para destrabar el conflicto.
En la resolución, la jueza explicó que la manifestación se desarrolló bajo carriles de normalidad y recíproca tolerancia “hasta que el 22 del corriente se extremaron las medidas cuando las ocupantes se encadenaron dentro del edificio en turnos rotativos”.
En esa jornada, el fiscal Eduardo Sportelli evaluó que el hecho “podría configurar una turbación de posesión, en razón de la permanencia de los manifestantes dentro del edificio” y solicitó “el desalojo compulsivo de las personas”.
Sin embargo, la magistrada entendió que “si bien se ha acreditado la ocupación del municipio local, lo ocurrido es ajeno al ámbito del derecho penal” y tomó como base para esta postura la declaración testimonial del secretario general de la comuna de Pico Truncado, Gabriel Soto.
“En efecto, -subrayó- no se ha configurado con el accionar de las mujeres pertenecientes a los planes Jefes y Jefas de Hogar acción delictiva alguna”.
Agregó que “la turbación de posesión” a la que hizo referencia el fiscal “no ha existido, ya que como se desprende de los dichos de Soto, las actividades se han podido desarrollar con total normalidad”.
Además de no acusar a las manifestantes, Lembeye criticó “la actitud pasiva por parte del departamento ejecutivo de Pico Truncado”, ya que “las mujeres ingresaron al edificio y allí se quedaron”.
Además, recordó que algunos concejales “habrían acercado a las personas que allí se encuentran alimentos para su subsistencia, lo que demuestra a las claras un acto de absoluta irresponsabilidad por su parte” y les permitieron el acceso a cocinas y baños.
Finalmente, la jueza apuntó contra el municipio y remarcó que “cuenta con herramientas a su disposición para producir el desalojo”, como la ordenanza 879/00, por lo que la Justicia “no es el lugar para efectuar tal petición”.
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