OPINIÓN: UN BUEN PRETEXTO PARA SUBIR TARIFAS
Y por que afirmamos esto, por que el PURE a nivel Nacional al que dice adherir el Gobierno Provincial, prevé premios y castigos, es decir que incentiva el ahorro y premia con reducción del monto de la factura a aquellos que economicen energía, y el dinero para esta bonificación sale de los montos de los castigos por excedente de consumo, es decir que busca ser neutro. En cambio la EPE, solamente sanciona, es decir que el aumento va para incrementar su recaudación.
En el plan Nacional, los usuarios que excedan de los 300 Kw./ bimestrales y que no logren ahorrar un 10 %, pagaran por el exceso el doble del valor del Kw., es decir 0,084 $, ya que el costo original del Kw. para esa franja de consumo es de 0,041 $/KW.
Ahora bien, hagamos el siguiente ejercicio, tomemos la factura de la EPE y veamos cuanto pagamos el Kw. para una factura de 300 kw/bimentrales, y advertimos que los primeros 120 Kw. tienen un valor es de $ 0,07798, los segundos 120 Kw. $ 0,09978 y los últimos 60 Kw. el valor es de 0,18444, es decir que los usuarios en Buenos Aires o Capital Federal, con castigo incluido pagan mucho mas barato su factura que en Santa Fe sin castigo.
O lo que es lo mismo un usuario en Cap. Federal o Buenos Aires, que no logre reducir su consumo de 300 Kw/bimestre, deberá pagar con un castigo de 30 Kw. una factura de $ 42, 96, cuando en Santa Fe estando exento del castigo, deberá pagar $ 63,83, es decir un 50 % en mas.
Pero ¿que pasa para los usuarios Residenciales a los que la EPE, efectivamente aplica el PURE?, es decir a aquellos que exceden los 600 Kw./ Bim. Los flagela..
Puesto que de acuerdo a la explicación oficial, se duplicará el valor del Kw., que exceda del 10 % del ahorro exigido, es decir que los santafesinos que comentan este pecado deberán pagar el Kw. a un valor de 0,37 $, contra 0,082 $ que lo pagan en Cap. Federal y Gran Buenos Aires es decir el módico valor del 350 % mas caro.
En consecuencia la EPE, produce una aumento encubierto de tarifas, castigando aun mas a los usuarios residenciales que no solo están perjudicados con tarifas que son de las mas cara del país, sino que ahora deben sufrir sobrecargos confiscatorios.
Y la pregunta inmediata es ¿ hasta cuando los usuarios santafesinos debemos pagar la ineficiencia de la E.P.E.?, que nos entrega un servicio carísimo, que no respeta los derechos básicos de los usuarios, que lleva adelante procedimientos antifraudes sin ningún tipo de normativa y sin derecho a defensa de quienes los sufren y pese a ello tiene perdidas por hurto de energía fabulosas sin que nadie de una respuesta razonable.
Que cuando produce un daño por sobretensión y quema nuestros electrodomésticos, nos paga lo que quiere, o no nos paga, que no nos informa de manera adecuada y veraz nuestros derechos por que ni siquiera tiene un reglamento que los fije.
Y esto no solo lo decimos desde Adelco Filial Santa Fe, sino que además lo a dicho también el Sr. Defensor del Pueblo de la Provincia de Santa Fe en la Resolución Nº 050 de fecha 21 de marzo de 2005 del Fe, que indica :
“Que la creación del Organismo de Control resulta urgente, no solo por las problemática que han motivado el dictado de la presente, sino por las irregularidades que se presentan por parte de la Empresa Provincial de la Energía, también en lo referido al retiro de medidores de suministro eléctrico, por lo que desde esta Defensoría del Pueblo se dictó la Resolución Nº 837/02.
“Que sin un procedimiento conforme a derecho y sin un Organismo de Control, el usuario es privado del Derecho de Defensa, y, compelido a reconocer deudas y a formalizar convenios, sin la posibilidad de alternativas justas y equitativas, coaccionado por el inminente corte del servicio, y/o no restitución de mismo, tal como sucede en la practica;”
“Que así, la ausencia normativa de un procedimiento para sustanciar debidamente los reclamos de los usuarios frente a actos ilegítimos u omisiones imputables a la empresa en su carácter de prestadora de un servicio público, en los hechos impide obstaculiza prerrogativas que están reconocidas por el ordenamiento jurídico a los usuarios y por ende son plenamente aplicables a la E.P.E.”
“ Que, en los hechos el usuario se encuentra desprotegido incumpliéndose a nivel Provincial exigencias de rango constitucional, encontrándose tanto, en el espíritu del Legislador Provincial – como se desprende tanto de la Ley 11.727/00-, como también el dl Mensaje del Poder Ejecutivo, referido al Marco Regulatorio de la E.P.E. con una gran laguna legal;”
Por lo tanto, Sr. Gobernador, Sres. Legisladores, Sres. Directivos de La E.P.E., es necesario tomar medidas urgentes y efectivas para mejorar la prestación del servicio, hacerlo mas económico, garantizando además la Defensa irrestricta de los derechos de los usuarios, por que si no antes o después, cuando el cansancio llegue a límites inauditos, a alguien se le ocurrirá alguna solución “mágica” de la cual ya tenemos sobrada experiencia. No se olviden de la DIPOS.
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