ORDENAN ABASTECIMIENTO MÍNIMO DE GNC A ESTACIONES DE SERVICIO
El Gobierno oficializó hoy la obligación de que las distribuidoras de gas natural comprimido (GNC) garanticen un abastecimiento mínimo de 3.000 metros cúbicos diarios a las estaciones de servicios con contratos interrumpibles, que tendrá vigencia hasta el 30 de abril de 2007.
La medida, contenida en la resolución 3.515 del Ente Nacional Regulador del Gas (Enargas), publicada hoy en el Boletín Oficial, había sido anunciada el miércoles pasado por el organismo.
La norma satisface un reclamo planteado al Enargas por la Asociación de Estaciones de Servicio Independientes (AESI), luego de que en las dos semanas anteriores algunas distribuidoras suspendieron el suministro a las expendedoras con contratos interrumpibles.
La restricción se debió a las bajas temperaturas registradas en casi todo el país, que generaron una mayor demanda del consumo residencial, que es el que tiene prioridad con respecto al de la industria y el comercio.
Sin embargo, y tal como se reconoce en los considerandos de la resolución 3.515, la limitación tuvo escaso efecto porque los usuarios que no encontraban GNC en las estaciones afectadas, iban a buscarlo -y lo conseguían- en aquellas que tienen contratos firmes de provisión.
“Tal situación provoca graves trastornos y perjuicios a los usuarios, quienes siendo el eslabón más débil en la cadena de comercialización ven cercenado su derecho a ser abastecidos adecuadamente”, admite la norma en sus considerandos.
De hecho, la distribuidora Gas Natural Ban comunicó el viernes último a sus clientes que había decidido levantar las restricciones.
La resolución aclara que el volumen de abastecimiento mínimo “deberá ser considerado como un suministro bajo el servicio de venta firme”, lo que significa que las estaciones de servicio deberán “abonar a la prestadora de su jurisdicción la tarifa correspondiente”, incluidos el costo de transporte y el cargo fiduciario para infraestructura.
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