OTRO FALLO BENEFICIA A MILES DE JUBILADOS EN JUICIOS CONTRA EL ESTADO
La Sala Segunda de la Cámara Federal declaró inconstitucionales a dos artículos de la Ley de Presupuesto 2004 que obligaba a liquidar con Bocon Previsional IV las sentencias favorables a los jubilados que emprendieron juicios por actualización de sus haberes. Desde ahora, ese pasivo debe liquidarse con Bocon Previsional III, lo que constituye un ajuste del 40% de la deuda.
Se descuenta que el Estado apelará la decisión, por lo que sería la Corte de Justicia la que en definitiva deberá resolver la controversia.
Más allá de la sentencia definitiva, el fallo favoreció a 50 mil jubilados que exigían la actualización de sus haberes, y sirve de testigo para otros 50 mil reclamos que están en trámite diferentes juzgados a lo largo del país, según publica Clarín.
En cuanto a los artículos que fueron ubicados fuera de la Carta Magna, estos autorizaban a la ANSeS a liquidar las sentencias por deudas consolidadas en la crisis de fines de 2001 con bonos serie IV. Los magistrados establecieron ahora , siguiendo el esquema de Presupuesto 2004, que se abonen con bonos de la serie III, al igual que las demás deudas contraídas por el Estado en ese lapso.
En este sentido, calificaron de “irracional” el hecho de pagar a valores diferentes la misma deuda, menospreciando el principio de igualdad ante la Ley, derecho fundamental que protege la Constitución.
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