PEDIDO DE INFORMES SOBRE LA UTILIZACIÓN DE 55 MILLONES DE DÓLARES PARA PREVENCIÓN DE INUNDACIONES
La Cámara de Diputados aprobó en su última sesión un pedido de informe por el cual se solicita que se de cuenta de las obras a probadas por la Ley 11.515, del 6 de noviembre de 1997, correspondiente al “Proyecto de Protección contra Inundaciones” (PPI), financiado por el Exim Bank Of Japan (JEXIM) y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF).
La Ley 11.515 autorizó al Poder Ejecutivo Provincial a suscribir el convenio con el Estado Nacional, mediante el cual subrogaba a éste en los derechos y obligaciones otorgados entre el Gobierno Nacional y los bancos BIRF y JEXIM, en el convenio del préstamo del Proyecto de Protección contra Inundaciones (PPI).
El monto máximo del crédito a percibir por ambos préstamos fue fijado en una suma de 55 millones de dólares, la que podría ser ampliada hasta un 20 por ciento frente a posibles reasignaciones de fondos que efectuaren ambos organismos crediticios internacionales.
La iniciativa aprobada por Diputados solicita al Ejecutivo que informe sobre obras finalizadas, de las proyectadas y aprobadas por la mencionada ley, hasta abril de 2003; estado actual de las obras oportunamente proyectadas y que determinaron el dictado de la Ley 11.515; detalle de la ubicación efectiva de la viviendas y refugios para inundados ejecutadas por cada departamento; destino de las 255 viviendas y 5 refugios que figuran en el detalle con ubicación “a determinar” según la Ley.
Además, solicita que dentro de los puntos exigidos figura un sistema de alerta inmediato y procedimientos de evacuación, lo que habilita a inquirir cuáles fueron los sistemas implementados; montos de inversión al presente en cada una de las obras terminadas y en ejecución; acerca de la deuda con las entidades bancarias, se requiere conocer los montos de capital e intereses cancelados a la fecha y los saldos pendiente, discriminados de la misma forma, con el respetivo cronograma.
Entre los fundamentos, el autor del Pedido de Informe, Antonia Sabino Riestra (ARI), asegura que “resulta evidente que los legisladores extremaron las previsiones legales al punto de individualizarse cada una de las obras a realizar para la materialización del proyecto, criterio que se solventó en la las propias exigencia incluidas en el programa, a instancia de las entidades bancarias participantes”.
“Habiendo tenido acceso al proyecto analítico e presupuesto 2005 y verificando que las obras del PPI no cuentan con programación en ejercicio futuros, se deduce que las mismas han sido concluidas o concluirán durante el mismo”, agregó Riestra.
Finalmente, el Arista dijo que “no resulta menos relevante que oportunamente se previó como plazo máximo para la iniciación de los trabajos de ejecución, el 31 de diciembre de 2001 y verificándose en los respectivos presupuesto, las partidas afectadas por la realización de la obras, con suficiente anticipación al desastre hídrico sufrido la provincia. Por lo tanto, existían herramientas absolutamente adecuados que hubiesen permitido en cualquier caso disminuir las consecuencias nocivas devenidas para los ciudadanos en situaciones similares a la padecida”.
Este contenido no está abierto a comentarios

