PERPETUA PARA UNA BANDA QUE MATÓ A UNA MUJER EN UNA SALIDERA BANCARIA
El 14 de abril de 1999, Claudia Liliana Cejas había ido al banco con su marido para renovar un plazo fijo y retirar 4 mil dólares. Antes de que salieran con el dinero, alguien de la entidad se comunicó con sus cómplices que esperaban afuera y les marcó al matrimonio. Tres asaltantes los atacaron, le robaron la suma que llevaban encima y mataron de un tiro a la mujer. Los sospechosos fueron condenados a prisión perpetua por el crimen cometido en una salidera bancaria en una sucursal de la Banca Nazionale del Lavoro, en Barracas.
La Cámara de Casación Penal agravó las penas de entre 7 y 16 años de cárcel impuestas a los acusados en un primer juicio. La resolución fue tomada por los jueces de la Sala IV de Casación, Ana Capoluppo de Durañona y Vedia, Amelia Berraz de Vidal y Gustavo Hornos. Los condenados fueron identificados como Armando Oscar Meza, Jorge Artigas Dos Santos y Matías Bacón. Los camaristas resolvieron además que los sentenciados y el banco indemnicen al viudo y a la hija de Cejas por considerar que la falla en los controles posibilitó el hecho.
Los jueces coincidieron en agravar las penas impuestas en el debate oral, por considerar que se trató de un “homicidio agravado criminis causae”, es decir que se cometió para asegurar la impunidad del crimen anterior, en este caso el robo. El juicio se realizó en el año 2002. Meza y Dos Santos habían sido condenados a 16 años de cárcel, mientras que Baccone había recibido 7 años de prisión, tras ser hallados culpables del delito de “homicidio en ocasión de robo”. Pero para los jueces de Casación los asaltantes fueron a robar dispuestos a matar para lograrlo.
José Díaz fue atacado en la calle, su esposa Claudia Cejas salió en su defensa. En ese momento “Artigas Dos Santos, ya con el botín en su poder y con el afán de que la mujer no lo molestara, le dijo a Meza que le pegara un tiro”. Meza ejecutó a la mujer de un disparo en el pecho: “Si bien la intención primordial no había sido el homicidio… fue resuelto por los autores del robo en el momento del hecho con el claro objetivo de asegurar los resultados del desapoderamiento”, sostiene el fallo.
Los jueces consideraron que alguien desde el banco “marcó” a Díaz cuando retiraba los dólares: “Si el personal de la entidad hubiera empleado la debida diligencia en la supervisión de la vigilancia, el sujeto que actuó como ‘sacador’ se habría visto impedido de permanecer libremente sin efectuar trámite alguno dentro de la sucursal por un lapso de unos 20 minutos, ni podría haber avisado a sus cómplices”, dice el fallo. “De haber sido ello así, el robo no habría tenido lugar y, en consecuencia, tampoco la muerte de Cejas”.
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