Piden informes sobre el Banco de Rosario
Mercier recordó, en los fundamentos del Pedido de Informes que “la Cámara de Senadores aprobó el día 2 de julio de 2009,un Pedido de Informe solicitando al Poder Ejecutivo y al Tribunal de Cuentas de la Provincia, información relativa a la decisión y proceso licitatorio realizado para la contratación del Agente Financiero de la Provincia, retirando del mismo los depósitos judiciales en efectivo, títulos o valores a la orden de los jueces de todas las instancias de los tribunales ordinarios de la ciudad de Rosario (pertenecientes a menores, incapaces, cuotas alimentarias, aportes de sociedades, garantías de embargo y reclamantes del fuero laboral, etc.), para depositarlos en el Banco Municipal de Rosario”.
El legislador provincial expreso que “además se solicitaba al Banco Municipal de Rosario y al Banco Central de la República Argentina, información relativa a la situación del citado Banco Municipal”. “Al respecto solo respondieron el Nuevo Banco de Santa Fe S.A., el Banco Central de la República Argentina y el Banco Municipal de Rosario, no obstante debe señalarse que este último no brindó la información solicitada, motivo por el cual en la sesión del día 19 de noviembre de 2009, se aprobó un nuevo pedido de informe que se tramita por expediente N° 20005 JI de esta Cámara, el que a la fecha no fue respondido”,
Entre las respuestas que se solicitan se encuentran:
Al Poder Ejecutivo Provincial : Cuales han sido las razones por las que se han acordado sendas prórrogas semestrales del contrato suscripto como Agente Financiero con el Nuevo Banco de Santa Fe, sin intervención de la Comisión de Seguimiento prevista en la Ley Nº 10.582 de Privatización del mismo.
Al Tribunal de Cuentas de la Provincia:
Si el mismo ha tenido intervención en sendas prórrogas del contrato de vinculación de la Provincia con el Nuevo Banco de Santa Fe. En caso afirmativo remitir copia de los dictámenes pertinentes.
Al Banco Municipal de Rosario:
• a) Detalle de créditos acordados al Municipio de Rosario u otras sociedades pertenecientes al mismo, incluido fideicomisos en el que el mismo sea parte, haya o no habido intervención legislativa, de los últimos 10 años.
• b) Detalle de los créditos incobrables de los últimos 10 años pertenecientes a la totalidad de su cartera crediticia y montos de las capitalizaciones practicadas en igual periodo, incluyendo venta de carteras o transferidas en fideicomisos financieros.
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