PIDEN QUE SEA REPATRIADO DESDE ESPAÑA EL EX REPRESOR CAVALLO
A pedido del padre del ex capitán de corbeta, Oscar Antonio Cavallo, el Ministerio Público dirigido por Miguel Angel Romero hizo la presentación respectiva en el Juzgado Federal Nº12 de Sergio Torres, quien lleva la denominada “causa Esma”, pese a que Cavallo no estaría imputado en ese expediente.
La acción, confiaron fuentes judiciales, pretende que Cavallo deje la cárcel de máxima seguridad de Soto del Real, en Madrid, donde aguarda ser sometido a un juicio oral en el que afronta una posible condena a miles de años de prisión, al igual que su ex camarada Adolfo Scilingo, y regrese a Buenos Aires.
Un comunicado de la oficina de prensa de la Defensoría especificó que el pedido fue suscripto por los defensores Rodolfo Catinelli y Mariano La Rosa, adjuntos de la defensora oficial constituida en la causa Esma, Silvia Otero Rella.
Los dos defensores reconocieron que actuaban “a partir de expresas instrucciones del señor Oscar Antonio Cavallo”, quien lleva años gestionando la repatriación de su hijo e incluso había designado para ello como abogado a José Scelzi, ex defensor del actual embajador en Colombia y ex jefe del Ejército, Martín Balza.
Los dos funcionarios hicieron constar un escrito de Cavallo padre, en el cual éste sostuvo que “se están violando en forma descarada las soberanías políticas y jurídica de nuestro país”, en tanto “los hechos acaecidos en nuestro territorio, si son punibles, los debe juzgar nuestra Justicia soberana, que está habilitada para hacerlo”.
Cavallo, de 55 años, era teniente de fragata destacado en la Esma y está probado que perteneció al sector de operaciones del Grupo de Tareas 3.3.2., donde las víctimas lo conocían como Sérpico, según se desprende del auto de procesamiento que firmó el juez español Baltasar Garzón en 1999. Cavallo fue acusado en España de 227 desapariciones forzosas y 110 secuestros perpetrados durante la dictadura militar.
Pero Sérpico nunca fue juzgado en la Argentina por esos crímenes, ya que fue amparado por las leyes de obediencia debida y punto final, que beneficiaron a aquellos que “cumplieron órdenes” en su accionar en la lucha contra la subversión.
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