PONEN EN MARCHA CAMBIOS DE FONDO PARA LA FORMACIÓN DE POLICÍAS
La ley que dispone la creación del Instituto de Seguridad Pública (Isep) recibió hoy su último paso formal, previo a su cumplimiento. Se trata del decreto reglamentario 426, que pone en funcionamiento la norma sancionada por la Legislatura santafesina a fines de 2004. Según la ley debatida en 2004, ahora el Ejecutivo cuenta con 30 días para crear el Isep, que tendrá a su cargo la formación de los futuros cuadros de la policía santafesina.
El texto original fue propuesto por el senador Daniel Depetris y, al cabo de su aprobación en ambas Cámaras, hubo objeciones del Ejecutivo Provincial. Luego, tanto el Senado como Diputados aprobaron los vetos parciales hechos desde la administración de Jorge Obeid. El Poder Legislativo aceptó que se cambiaran 11 de medio centenar de artículos, a fin de lograr una pronta puesta en vigencia de la norma, en medio de un creciente debate público sobre la inseguridad.
Durante todo 2005, sin embargo, no hubo más novedades respecto de la aplicación de la llamada Ley Depetris, definida por el legislador como una medida “progresista y de avanzada”, al pretender cambiar los actuales centros de formación de los policías.
Sin rupturas
El instituto no afectará las actuales estructuras policiales. El autor del proyecto estimó, cuando el tema fue tratado en la Cámara alta, que muchos de los actuales miembros de la fuerza podrían actuar como maestros en los planes de capacitación que la norma legal prevé para los futuros hombres de la fuerza policial.
Al reglamentar la Ley 12.333 se reemplaza a la Dirección General de Institutos Policiales así como las actuales escuelas de policía que tiene la provincia.
Según la norma, el Isep debe ser autárquico. Sus metas son “la formación de recursos humanos con especialización en la seguridad pública, por medio de carreras de nivel terciario y otras actividades que a través de él se dicten”. Especifica que dichos cursos deberán estar en el “marco integral de los Derechos Humanos, para la prevención del delito, la resolución pacífica de conflictos, la protección de la vida y la seguridad de los bienes de las personas”.
El egresado deberá estar preparado tanto para desempeñarse en el trabajo interdisciplinario y multidisciplinario dentro de las instituciones como para desenvolverse con solvencia en distintos procedimientos judiciales, criminológicos y de investigación científica.
Dependerá de Gobierno
El decreto reglamentario que se difundió hoy oficialmente no toca los primeros 7 artículos de la ley. El primero define al Isep como “persona de derecho público autárquica en la órbita del Ministerio de Gobierno, Justicia y Culto de la provincia de Santa Fe”.
Además de reemplazar a la Dirección General de Institutos Policiales, ocurrirá lo mismo con las actuales Escuela Superior de Policía Brigadier General Estanislao López, Escuela de Cadetes de la Policía de la Provincia Comisario Inspector Antonio Rodríguez Soto y los Centros de Instrucción en destino de las distintas Unidades Regionales.
Al enumerar sus objetivos, el segundo artículo estipula: “La formación de recursos humanos en el área de seguridad con especialización en la seguridad pública, por medio de carreras de nivel terciario y otras actividades educativas que a través de él se dicten en el marco integral de los Derechos Humanos, para la prevención del delito, la resolución pacífica de conflictos, la protección de la vida y la seguridad de los bienes de las personas”.
El mismo artículo expresa que debe procurarse “un perfil del egresado en condiciones de desempeñarse en el trabajo interdisciplinario y multidisciplinario dentro de las instituciones; de desenvolverse con solvencia en distintos procedimientos judiciales, criminológicos y de investigación científica; con alto grado de formación en la especificidad profesional y con capacidad para asumir responsabilidades, discernir técnicamente de acuerdo con su rol, hacer uso de la fuerza y tomar decisiones en virtud de su rango y función, dentro del respeto y de la aceptación de las jerarquías, con arreglo a la ética”.
Luego, se describen las carreras de “Auxiliar en Seguridad y de Técnico Superior en Seguridad. Los títulos respectivos serán otorgados, aprobados que sean los exámenes que se establezcan, sin que sea posible la promoción automática por la sola circunstancia del cursado”.
Esta carrera pretende “brindar la capacitación adecuada para el desempeño de los agentes de seguridad en la prevención de los delitos, la protección de la vida y de los bienes de las personas, el respeto integral a los Derechos Humanos y la implementación de medidas correctivas dentro del marco jurídico vigente”.
Los planes de estudio serán aprobados por el Poder Ejecutivo “por intermedio de los Ministerios de Educación y de Gobierno, Justicia y Culto” y “asignará las competencias a los títulos de Auxiliar en Seguridad y Técnico Superior en Seguridad”.
Condiciones de ingreso
Los aspirantes a ingresar a la carrera de Auxiliar en Seguridad deberán aprobar un curso propedéutico que se desarrollará durante los meses de febrero y marzo de cada año, previo al inicio de las actividades académicas del Isep.
En cambio, para ingresar a la carrera de Técnico Superior en Seguridad -además de otros requisitos-, los interesados deberán acreditar un desempeño mínimo de dos años en la función policial.
El Isep elaborará un orden de mérito con los aspirantes basado en el promedio general obtenido en la carrera de Auxiliar en Seguridad y las calificaciones obtenidas por el desempeño de la función policial.
El Instituto de Seguridad Pública podrá aceptar estudiantes externos a la institución policial provincial en un cupo que no exceda el 5 % del total establecido para el ingreso anual a la Tecnicatura Superior.
A la facultad
“El Poder Ejecutivo podrá formular convenios con Universidades Nacionales Públicas, con carácter de regular de los alumnos, para los alumnos de aquellas asignaturas del plan de estudios que fueren posibles, dentro de la estructura actual de las diferentes facultades y escuelas del sistema de enseñanza superior. Para ello deberá disponer de los recursos presupuestarios que esto amerite”, dice el 4to artículo de la ley reglamentada.
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