PRESENTARON EL RÉGIMEN DE DEUDORES ALIMENTARIOS
Esta mañana se presentó en la sede del Ministerio de Gobierno la puesta en marcha del Régimen de Deudores Alimentarios Morosos de la provincia, creado por la ley 11.945 y vigente a través del decreto reglamentario que firmó el Gobernador, Ing. Jorge Alberto Obeid, el pasado 27 de abril.
Según se indicó, el Registro dependerá de la Corte Suprema de Justicia y quien revista la condición de deudor alimentario moroso sufrirá una serie de restricciones, entre ellas, no podrá ser candidato para elecciones provinciales, municipales o comunales. Tampoco podrá acceder a la licencia de conducir, ni ser designado empleado público, ni obtener habilitaciones, concesiones o permisos de organismos públicos de la provincia, y no será admitido como proveedor o contratista del Estado.
Al respecto el Defensor del Pueblo, Carlos Bermúdez, dialogó con LT10 y destacó la importancia del marco legal que se le da a los casos de deudas por alimentos: “Nosotros, como institución, siempre recibimos reclamos, y esta ley va a servir para combatir un tipo de violencia familiar poco común, que se da por medio del dinero”.
Además, reconoció que en casi la totalidad de los casos se trata de padres que no le entregan a su ex pareja el dinero de los alimentos del hijo o de los hijos en común –establecido por ley– y agregó que esa situación “daña a la mujer en cuestión y también a los hijos”.
“La violencia no se da sólo por lo físico, sino también por lo económico y muchas veces se ejerce aún en los casos en que el padre está en condiciones de afrontar el gasto de la cuota alimentaria, para ejercer presión sobre la otra parte de la pareja”, observó.
Asimismo, consideró que la normativa “avanzará en algo que, a mucha gente, le hará pensar dos veces (…) y tendrá un efecto positivo con el correr del tiempo”. Por último recordó que se fijará la existencia de un servicio de asistencia a la víctima, donde se podrá obtener información al respecto y denunciar ese tipo de casos.
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