PROCESAN A DOS POLICÍAS POR APREMIOS Y VEJACIONES EN UN PENAL DE MENORES ROSARINO
Los alaridos prolongados de un grupo de chicos sacaron de su sueño a varios vecinos, quienes advirtieron también el humo de lo que parecía ser un incendio. Todo provenía del Centro de Alojamiento Transitorio (CAT), en Dorrego al 900, donde los médicos forenses constatarían después que nueve menores habían sufrido serias heridas. Siete meses después, una jueza de Instrucción determinó que de esas lesiones, graves en cinco adolescentes, son responsables dos funcionarios policiales. Uno de ellos era el director policial del instituto y tenía, por ello, la mayor responsabilidad en el cuidado de los menores.
La jueza de Instrucción Nº 12, Mónica Lamperti, procesó a los dos policías por apremios ilegales y vejaciones. Esto último implica que no solo tuvo en cuenta las lesiones sino, incluso, un incidente de violencia sexual contra al menos uno de los adolescentes, lo que consta con detalle en las denuncias volcadas en el expediente. Ese delito está agravado por la condición de funcionarios públicos de los acusados, que son integrantes de fuerzas de seguridad, en este caso de la Unidad Regional II. Por la figura delictiva que les adjudican pueden corresponderles hasta diez años de prisión. La resolución fue apelada por la defensa de los policías.
Los policías procesados son el comisario Silvio Porto, de 49 años y entonces director del CAT, y el sargento Felipe Solís, de 48, que aparece con una responsabilidad secundaria. Las conductas que les atribuye la jueza están encuadradas en el artículo 144 bis del Código Penal, que en su inciso segundo reprime al funcionario que desempeñando un acto de servicio cometiera cualquier vejación contra las personas o les aplicara apremios ilegales. La jueza también les trabó un embargo de cinco mil pesos a cada uno. Ambos están excarcelados.
Otros cuatro policías -un subcomisario, un sargento ayudante, un sargento y un cabo primero- recibieron la falta de mérito en el caso y quedarán al margen de eventuales sanciones por lo ocurrido.
El suceso juzgado se registró el 20 de diciembre del año pasado. Esa noche se generó un incidente que terminó con nueve adolescentes lesionados. Según el propio comisario Porto, se había tratado de un motín. Adujo que los jóvenes generaron un incendio para reclamar por la aceleración de sus trámites penales y que, frente al descontrol, la custodia no tuvo más alternativa que intervenir.
Los chicos, en cambio, declararon haber sido golpeados sin motivo ni mediación de un alzamiento previo. Y en algunos casos haber sido denigrados con humillaciones de índole sexual.
El caso fue denunciado en el juzgado de Menores Nº 3, a cargo de Jorge Cartelle, quien no giró de inmediato el caso a un juzgado de instrucción para que analizara la conducta de los policías, seriamente implicados en los dichos de los menores. La jueza Lamperti dice en su resolución que, en rigor, empezó a actuar a raíz de una denuncia de la no gubernamental Coordinadora de Trabajo Carcelario (CTC), que cuestionó severamente a Porto desde la mañana posterior a los hechos.
La jueza determinó primero la existencia de las lesiones según lo corroboraron tanto los médicos de la Unidad Regional II como el médico Carlos Elías, de Tribunales, que examinaron a los menores. También valoró y dio crédito a las declaraciones de los chicos respecto de los acontecimientos que, según la resolución, eran plenamente coincidentes aún cuando todos fueron interrogados por separado.
Vecinos que viven en edificios de las inmediaciones del CAT habían asegurado a este diario haber oído aquella madrugada exclamaciones desgarradoras de adolescentes que sugerían una golpiza. El parte policial indicaba que todo se había iniciado cuando un grupo de chicos comenzó a quemar colchones y un cabo de cuarto, que intentaba extinguir el foco, fue tomado de rehén por menores con intenciones de fugarse. “Ante eso los guardias tuvieron que hacer uso de la fuerza”, planteó Porto.
La versión de los jóvenes, completamente distinta, fue volcada ante el juez Cartelle y el titular de la Dirección de Menores en Conflicto con la Ley, Sergio Druetta. Todos planteaban que el personal policial, con su máximo responsable a la cabeza, los había reprimido violentamente sin ninguna provocación previa. También denunciaron que el fuego lo habían encendido los propios uniformados. El juez Cartelle, por entonces, pese a lo señalado por la policía decía no poder acreditar la existencia del supuesto motín.
La jueza Lamperti no pudo determinar responsabilidades por el incendio. Hubo un peritaje de los Bomberos Zapadores que dio cuenta de que el fuego, que se había iniciado dentro del penal, no habría sido provocado por personal policial sino por los chicos. La magistrada planteó en su escrito que eso de ninguna manera puede esgrimirse como justificación de lo que se desató después.
Por este episodio existe una segunda causa penal, que también tiene a cargo Lamperti, que debe establecer por qué razón el comisario Porto siguió en funciones en Policía de Menores, a cargo del instituto, en tanto había una denuncia tan seria en su contra, inclusive cuando la propia Unidad Regional II alegaba que estaba de licencia. Frente a esta cuestión intercedió el fiscal de Cámaras José María Peña reclamando la aceleración de esta causa -que quedó momentáneamente paralizada durante la feria judicial de verano- y la explicación de los motivos por los que Porto continuó en su cargo.
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