PROHÍBEN EN LA PROVINCIA LA PESCA DE PACÚ
La ley provincial Nº 12.212 faculta a la mencionada cartera a establecer normas y requisitos para regular las actividades pesqueras pudiendo emitir las disposiciones operativas necesarias para su ejecución. Estas prohibiciones se establecen cuando las poblaciones manifiestan sobreexplotación, regresión numérica por cualquier causa o riesgo de extinción.
La resolución rige tanto para la pesca comercial como deportiva y abarca la captura, acopio, transporte y comercialización. Los acopiadores entregaron ante la Secretaría de Medio Ambiente una declaración jurada donde constan las cantidades de estas especies que poseen en existencia desde antes del inicio de la mencionada prohibición, que entró en vigencia hace cuatro días.
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