PROYECTAN QUE UN ENTE SE OCUPE DE OBRAS Y CONTROL
En el ámbito del Ministerio de Asuntos Hídricos se está trabajando en la redacción de un proyecto de ley para la creación de un Ente de Mantenimiento de Obras de Protección de Inundaciones (Emopi), para las ciudades de Santa Fe, Santo Tomé y Recreo, y las localidades de Rincón y de Arroyo Leyes, que actuará como persona jurídica pública no estatal.
Si bien la iniciativa se sigue perfeccionando mediante el aporte de especialistas, El Litoral tuvo acceso a los lineamiento principales considerados hasta ahora.
Entre las funciones, no siendo únicas las que se mencionan a continuación, el Ente tendrá que detectar las necesidades y coordinar con la autoridad de aplicación -el Ministerio de Asuntos Hídricos- las medidas estructurales y no estructurales vinculadas con el control y mantenimiento de las obras de defensa, en el marco de la política hídrica y ambiental de la provincia.
Asimismo, realizar los trabajos ordinarios de mantenimiento integral de las defensas y coadyuvar en la puesta en marcha de medidas no estructurales, tendientes a reducir los efectos dañosos de eventos naturales y de acciones del hombre. Además, crear conciencia en la población protegida acerca de la importancia de acciones de preservación.
El anteproyecto prevé que el Ente sea dirigido por un consejo directivo de ocho miembros. Tres de ellos, en representación de la Municipalidad de Santa Fe; dos de Santo Tomé; uno de Recreo; uno de Rincón y uno de la comuna de Leyes. Serían designados por el Poder Ejecutivo a propuesta de cada una de estas jurisdicciones. La presidencia quedaría a cargo de la ciudad capital. Para su funcionamiento contará con un reglamento.
La iniciativa prevé la creación de un consejo consultivo constituido por representantes de los vecinos, contribuyentes y beneficiarios de las obras de defensa, quienes participarán a través de asociaciones vecinales, ONGs y cualquier organización de la sociedad civil que tenga relación con la temática. Los pronunciamientos de este consejo tendrá el carácter de no vinculante.
Recursos
En tanto, respecto de los recursos para el funcionamiento del Ente, se prevé que provengan del presupuesto provincial, conforme al aporte que le asigne el Poder Ejecutivo; de los ingresos de una tasa contributiva a crearse al efecto; de aportes del gobierno nacional y de créditos que se obtengan desde el exterior, entre otras fuentes de financiamiento.
En cuanto a la tasa contributiva, será calculada sobre la base “del prorrateo de los gastos previstos por el presupuesto anual sobre el área de competencia territorial del Ente”. El Directorio del Ente fijará anualmente la tasa y la facturación quedará a su cargo.
Están obligados al pago de esta tasa, los propietarios de los inmuebles ubicados en el área de competencia territorial del Ente y se podrá abonar en cuotas.
El anteproyecto establece también un reaseguro respecto de esta tasa. Señala que el Registro General no efectuará inscripción de dominio u otro derecho real, sin que previamente se justifique mediante certificado expedido por el Ente que el propietario no adeuda suma alguna en concepto de la mencionada tasa.
Las erogaciones no podrán superar los recursos previstos ni destinarse más de un 10% de éstos a la atención de gastos administrativos.
Autoridad de aplicación
El Ministerio de Asuntos Hídricos o el organismo que lo reemplace deberá realizar la supervisión técnica y la ejecución del plan de trabajos aprobado.
A los efectos de concretar las obras previstas, el Ministerio podrá afectar al Ente los equipos adecuados, suscribiendo los convenios de uso, en los que se determinarán los derechos y las obligaciones.
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