PROYECTO DE AUTONOMÍA POR SI SE DEMORA LA REFORMA CONSTITUCIONAL
“Lo ideal es que la autonomía municipal quede consagrada en la nueva Constitución provincial. Pero la reforma constitucional no es antagónica y menos excluyente de la viabilidad de otorgar en lo inmediato las atribuciones que la Constitución nacional aseguró a los municipios”. Con este argumento el diputado socialista Raúl Lamberto presentó un proyecto de ley para que en caso de no producirse en el corto plazo la Convención Constituyente “que requiere de un gran consenso político”, igual se fijen nuevas competencias para los Estados municipales santafesinos.
En ese sentido Lamberto propone que cada municipio evalúe la posibilidad de implementar el ballotage en la elección para intendente y la elección de una parte del Concejo a través de la representación uninominal (por distrito). También sugiere la constitución de un Tribunal Municipal encargado de juzgar las contravenciones y la aplicación de mecanismos de democracia semidirecta. El legislador socialista entiende además que en esa misma ley “se pueden establecer criterios más favorables para los municipios en el reparto de la coparticipación federal y provincial.
En diálogo con Rosario/12 Lamberto aclaró ser partidario de incluir la autonomía municipal en la Carta Magna reformada. “Eso es lo ideal”, aseguró el legislador socialista. No obstante ello aclaró que su proyecto apuntaba a “destrabar” la discusión instalada entre el gobierno provincial y funcionarios municipales sobre los alcances de la autonomía de los municipios y sus consecuentes requisitos legales.
Convencido de que la autonomía constituye básicamente un problema de “competencias”, Lamberto plantea que “existen determinadas competencias materiales que la provincia puede reconocer por ley y que además tiene la obligación de hacerlo por mandato constitucional”. El legislador entiende que aquellas atribuciones que la Constitución no le confiere explícitamente a la provincia pueden serle adjudicadas a los municipios a través de una ley emanada de la Legislatura. Tal es el caso de los alcances institucionales, políticos, administrativos, económicos y financieros que debería tener la autonomía en Santa Fe.
“La reforma constitucional no es antagónica y menos excluyente de la viabilidad de otorgar en lo inmediato las atribuciones que la Constitución nacional ha asegurado a los municipios”, reiteró Lamberto.
Por esa razón propone que de no reformarse en el corto plazo la Carta Magna se sancione una ley de autonomía provincial que contemple entre otras atribuciones la posibilidad de que los municipios dicten sus Cartas Orgánicas dictadas por una convención constituyente municipal. Los convencionales serán elegidos -dice expresamente el proyecto- “sin doble voto simultáneo”, es decir Ley de Lemas.
Para la elección del Intendente, Lamberto deja abierta la posibilidad de optar “por el sistema de doble vuelta entre los dos candidatos más votados si ninguno hubiere alcanzado el cincuenta porciento más uno de los votos válidos emitidos en la primera vuelta”. Para el caso de elección de ediles, Lamberto habilita el mecanismo de representación por circunscipción uninominal (por distritos).
La iniciativa de Lamberto propicia además la constitución de un Tribunal Municipal encargado de juzgar las contravenciones y faltas a las normas municipales y la institucionalización de mecanismos alternativos para la resolución de pequeños conflictos entre vecinos. También propone aplicar mecanismos de democracia semidirecta como la consulta e iniciativa popular, el referendun, el plebiscito y la revocatoria de mandato de los funcionarios.
Lamberto cree que los municipios autónomos estarán en condiciones de
calificar de utilidad pública a los fines de su expropiación los bienes que considere convenientes sin tener que depender de una ley de la Legislatura provincial. Podrán sancionar su código contravencional y de faltas y aplicar políticas de seguridad pública. El legislador socialista entiende además que en esa misma ley “se pueden establecer criterios más favorables para los municipios en el reparto de la coparticipación federal y provincial.
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