PROYECTO DE LEY DE JUBILACIÓN ANTICIPADA
La realidad actual nos indica que existe un gran número de personas que habiendo estado insertas en el mercado laboral durante muchos años hoy se encuentran desocupadas, víctimas de las consecuencias de la grave crisis económica que sumió a nuestro país en la problemática del desempleo.
La diputada Miriam Benítez, autora del proyecto de ley, expresa que “estas personas, muchas de ellas con gran cantidad de años de servicio con aportes al sistema provisional, son como ellas mismas dicen «jóvenes para jubilarse y viejos para trabajar» y sufren como tantas otras la falta de posibilidades laborales, que en su caso les permitiría llegar a la edad jubilatoria, o bien completar los pocos años de servicio que les faltan para acceder al beneficio, en forma digna, con un trabajo y un sustento”.
El trabajo indica que este beneficio es de carácter excepcional y con término de vigencia determinado, que es la jubilación anticipada, que beneficiará a aquellas personas que teniendo 30 años de servicios, con la mayoría de aportes efectuados en la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Santa Fe, se encuentren al 30 de junio del corriente año desocupados y con una edad mínima de 55 años las mujeres y 60 años los hombres.
El monto del haber de este beneficio es reducido e incompatible con la percepción de cualquier otro tipo de beneficio contributivo, universal o asistencial de cualquier jurisdicción.
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