¿Qué hacer con los menores de edad que cometen delitos?
El caso del asesinato del joven en la puerta de la escuela Drago pone sobre el tapete una problemática social que mereció un proyecto por parte del Ejecutivo provincial. Rafael Martínez, director de Transformación del Sistema Procesal Penal, explicó sus implicancias.
El gobernador Antonio Bonfatti, en su mensaje a la Asamblea Legislativa del pasado 1º de Mayo, anticipó un proyecto de modificaciones al Código Procesal Penal para menores de edad. Al respecto, Martínez explicó que “básicamente, desde el Poder Ejecutivo provincial, en el marco de un proceso de constitucionalización del proceso penal, hemos trabajado en un nuevo régimen de responsabilidad penal juvenil”.
En declaraciones a LT10, el funcionario indicó que la iniciativa “está dirigida a aquellos adolescentes menores de 18 años, acusados de cometer delitos penales”. Y distinguió “las facultades” que pueden tener las provincias, de aquello que debe ser legislado por el Congreso de la Nación. “Es decir, qué es delito, cuáles son las sanciones para esos delitos, a partir de qué edad puede ser perseguido penalmente una persona, cuáles son los derechos del imputado en el marco del proceso penal”.
Sobre el caso concreto de un adolescente acusado de matar a otro, el director señaló que “hoy por hoy, el proceso penal para los adolescentes es un proceso inquisitivo. Como sabemos, a partir del 10 de febrero, una persona mayor imputada de cometer un delito va a seguir un proceso que tiene como eje la audiencia”. En cambio, para los chicos, “el juez es el que investiga y el fiscal tiene un rol mucho más pasivo”.
Por esa razón, “lo que estamos proponiendo es que el protagonismo de lo que tiene que ver con la investigación y la eventual acusación para aquella persona menor de edad esté a cargo de los fiscales”. En otros términos, “la línea procedimental para los adolescentes, sea la línea procesal que se sigue para adultos, pero sí se revela lo que es la especialidad, esto tiene que ver con las exigencias de los instrumentos de los derechos humanos del niño y, en particular, la Convención de los Derechos del Niño: aquello que se regula para el adulto, en el caso del adolescente, tiene que ser más benéfico, tiene que haber un plus de derechos y de garantías”, consignó.
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