RECHAZARON LA IMPUGNACIÓN DE LA PERICIA OFICIAL EN LA CAUSA INUNDACIÓN
El juez de instrucción de la 8º Nominación, Dr. Jorge Patrizzi, decidió rechazar la impugnación de la pericia oficial, elaborada por los ingenieros Mazza, Bacchiega y Bertoni.
El pedido había sido realizado por el abogado defensor Dr. Néstor Oroño, que fue tramitado en forma paralela a la causa, a través de un incidente y fue resuelta en las últimas horas por el magistrado, quien debió hacerse cargo del caso tras la recusación del Dr. Diego De la Torre.
Según pudo conocer este portal, la decisión de la defensa del ex Secretario de Obras Públicas de la Provincia, Carlos Gómez Galissier, sería la de presentar un pedido de revocatoria y en caso de que el magistrado confirme la resolución, apelar la medida.
De esta manera, y a raíz del hecho que la presentación fue tramitada en forma paralela al caso, no habría inconvenientes en cuanto a la continuidad de la causa, la que sólo se vería afectada en el caso que los camaristas solicitaran para decidir, la remisión del expediente principal.
LOS CUESTIONAMIENTOS AL PERITAJE OFICIAL
El peritaje oficial estuvo a cargo de los ingenieros José Daniel Bacchiega, de la La Plata; Juan Carlos Bertoni, de Villa Carlos Paz, y Adolfo Mazza, de Guaymallén, quienes fueron designados con la intención de lograr un punto de vista imparcial en el caso, por lo que oportunamente se insistió en que los expertos tuvieran residencia en otras provincias y no hubieran emitido opinión sobre lo ocurrido en Santa Fe.
Asimismo, Oroño planteó que “los peritos Bacchiega y Mazza son funcionarios superiores del Instituto Nacional del Agua (INA)”, por lo que “ninguno de dichos profesionales debió haber integrado la lista” de expertos ya que el director del INA a nivel regional, Carlos Ubaldo Paoli, “brindó declaración testimonial acerca de las responsabilidades que se atribuían a ese organismo y a sus funcionarios por su actuación durante las inundaciones”.
Por ese motivo, Oroño considera que Mazza y Bacchiega debieron ser excluidos del trabajo y argumentó que “estos peritos eran perfectos conocedores de su incompatibilidad para actuar en esta causa, y tampoco estaban en condiciones de percibir honorarios profesionales por sus trabajos”, ya que el Código Procesal Penal de la provincia, lo prohíbe a quienes “tuvieren retribución o sueldo por cargos oficiales desempeñados en virtud de la especialidad que la pericia ha requerido”.
El abogado indicó que los imputados no tuvieron ninguna participación en la conformación del equipo, “observandose una clara violación al principio de igualdad procesal”.
“Puede afirmarse que los imputados han tenido una real imposibilidad de ejercitar debido contralor respecto de designación, labor y conclusiones volcadas por los peritos, lo cual se traduce en una clara violación al debido proceso con la consiguiente lesión a los derechos de defensa e igualdad, ocasionándoles un agravio irreparable”, remarcó el defensor.
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