Recomendaciones a tener en cuenta antes de alquilar
En esta época del año comienzan las consultas para rentar casas o departamentos o acerca de la renovación de locación. Desde la Dirección de Derechos Ciudadanos se brindan una serie de consejos e información a tener en cuenta antes de rubricar un contrato.
Previo al inicio del ciclo lectivo, miles de estudiantes eligen la ciudad de Santa Fe para realizar sus carreras de grado, por lo que es habitual la búsqueda de alojamiento en estos días. Sumado a la gran cantidad de santafesinos que cambian de vivienda, el mercado inmobiliario se agita y los errores que se ocasionan al firmar un contrato de locación se multiplican.
En tal sentido, el Gobierno de la Ciudad a través de la Dirección de Derechos Ciudadanos recibe reiterados pedidos de asesoramiento en lo que refiere a contratos de locaciones urbanas. Por tal motivo, a continuación se detallan algunas recomendaciones e información para tener en cuenta antes de alquilar una vivienda.
Las principales consultas que se plantean ante esta oficina tienen que ver con determinar qué gastos corresponden al propietario y cuáles al inquilino; de qué manera proceder ante situaciones en las que el dueño no quiere hacerse cargo de reparaciones (de artefactos o de fallas en las instalaciones sanitarias, eléctricas, goteras, humedades, o cualquier desperfecto); establecer las condiciones para la rescisión del contrato en forma anticipada; entrega de llaves; condiciones para los depósitos en garantía; denunciar daños causados por un vecino hacia la propiedad; entre otras.
Algunas consideraciones
En primera instancia, es fundamental leer detalladamente el contrato suministrado, debido a que en ciertas ocasiones los contratos son redactados por una de las partes -el locador- y muchas veces no se contemplan cuestiones solicitadas por el locatario. Por lo tanto, ante posibles confusiones en su interpretación, se sugiere recurrir a las oficinas de Derechos Ciudadanos para obtener el asesoramiento correspondiente.
En segundo instancia, con respecto a los plazos mínimos estipulados, la ley diferencia a las locaciones según los fines a las que sean destinadas. En caso de tratarse de locaciones con fines de vivienda el plazo mínimo será de 2 años; mientras que para los restantes destinos (comercio, industria, ejercicio de profesiones, entre otros) dicho plazo será de 3 años. Es importante tener en cuenta que aunque se hubiese pactado un plazo menor al mínimo, el contrato tendrá la vigencia establecida en los plazos legales arriba mencionados.
Constatar antes de firmar
Previamente, en el contrato deberá estar establecido cuál es el estado general del inmueble. En ese sentido, se debe inspeccionar previamente la vivienda y dejar constancia en el contrato de los desperfectos que presente la misma y si el dueño se compromete a repararlos.
Es muy importante tener en cuenta este aspecto, ya que al momento de devolver el inmueble se presentan muchos inconvenientes referidos a las responsabilidades que tienen las partes. Otro elemento central tiene que ver con dejar en claro si la vivienda se alquila amueblada, semiamueblada y en caso de que así sea hacer un detalle de los muebles existentes.
Para el supuesto de que se realice un inventario con los desperfectos existentes o con los muebles o artefactos que se encuentran en la vivienda, es necesario dejar constancia en el contrato de que ese inventario forma parte del contrato de locación. Si durante la vigencia del contrato surgen defectos en el inmueble alquilado, que estaban ocultos al momento de la celebración del contrato, es conveniente comunicarlo al locador a través de una nota.
Precios y formas de pago
El precio del alquiler, el lugar y procedimiento de pago del mismo se deberá acordar entre las partes, debiendo quedar necesariamente expreso en el contrato. Está prohibido que el precio de alquiler se vaya ajustando de acuerdo a los cambios de los índices generales de precios o cualquier otro.
Deberá ser fijado en pagos que correspondan a períodos mensuales. Como constancia de pago se deberá solicitar recibo o pactar otra forma como la boleta de depósito bancario que puede ser otra opción.
Los derechos como premisa
El Director de Derechos Ciudadanos, Franco Ponce de León, destacó: “Desde el Gobierno de la Ciudad venimos realizando distintas acciones destinadas a informar a los ciudadanos sobre sus derechos. Con relación específica a temas vinculados con alquileres, desde el municipio no solamente brindamos recomendaciones previas a la firma de un contrato y a destacar sobre los deberes y obligaciones que tienen tanto los locadores como los locatarios de garantizar lo establecido en el contrato, sino también a mediar entre las partes ante situaciones conflictivas que puedan sucederse”.
Por otra parte Ponce de León enfatizó que “siempre debemos tener en cuenta estas recomendaciones, pero sobre todo hacemos hincapié en esta etapa del año donde existe en nuestra ciudad un sin número de consultas para alquilar diferentes inmuebles por parte de estudiantes que vienen a Santa Fe”.
Finalmente, el funcionario concluyó: “Los casos planteados en esta materia tienen un gran porcentaje de resolución favorable sin tener que llegar a ámbitos judiciales y brindando una respuesta rápida y efectiva”.
En caso de dudas al momento de la celebración de un contrato de locación o ante alguna duda referente al tema, los santafesinos pueden concurrir personalmente a la Dirección de Derechos Ciudadanos del Gobierno de la Ciudad de Santa Fe, en calle Salta 2840, de lunes a viernes de 7.30 a 13 y de 15 a 18, donde recibirán asesoramiento gratuito. También se podrán comunicar por teléfono al 4574119 o por mail a [email protected].
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