Reconquista: El municipio declaró la “emergencia económica” hasta fin de 2016
El gobierno municipal declaró la “!emergencia económica” pero en el decreto no especifica los alcances de la medida ni tampoco si entrará en cesasión de pagos y qué pasará con los contratos y el ingreso de personal a planta permanente.
El gobierno municipal declaró la “!emergencia económica” pero en el decreto no especifica los alcances de la medida ni tampoco si entrará en cesasión de pagos y qué pasará con los contratos y el ingreso de personal a planta permanente.
El decreto
RECONQUISTA
DECRETO Nº 726/2015 .-
Visto
La grave situación financiera, evidente estado de necesidad y cesación de pagos del municipio de la ciudad de Reconquista; y,
Considerando
QUE, el concepto de estado de emergencia económica es muy similar al de estado de necesidad;
QUE, el estado de necesidad, que deriva en la imposibilidad de cumplir, es justificativo del incumplimiento y libera de responsabilidad a quien lo sufre y, por tanto, ha sido definido como “una situación en que dos o más derechos o intereses legítimos colisionan y se resuelve por el sacrificio de uno de ellos en favor de otro”;
QUE, el Estado debe tener como objetivo principal preservar el bienestar de los habitantes a quienes gobierna y, por tanto, su supervivencia es esencial para tal fin;
QUE, debido a la grave situación financiera, evidente estado de necesidad y cesación de pagos del municipio de la ciudad de Reconquista, heredada y fundamentada por:
• Una inexistente cantidad de recursos disponibles para gastos corrientes, lo que no permite hacer frente a los gastos de sueldos, con un inminente impacto social negativo en la población toda, el dinero en caja tampoco permite la cancelación de los demás gastos corrientes como combustible, repuestos, con un futuro de inoperatividad del estado municipal. (2mill para pagar 21 mill)
• Un pasivo exigible que supera ampliamente la capacidad de pago del municipio. (2mill hoy para pagar 18mill de pasivo)
• Una estructura de personal desbordada, que genera costos y cobre costos que exceden los ingresos proyectados para cubrirlos, y hace inviable el quehacer del municipio, debido a las irregularidades en las contrataciones, pases a planta, y subrogancias.
QUE, por lo expuesto, el estado debe tomar medidas urgentes ante esta contingencia, a través de políticas activas y el dictado de la norma pertinente en tanto no existen impedimentos legales para ello;
POR ELLO, en uso de las atribuciones y facultades que le son propias;
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
Artículo 1º) – DECLÁRASE en estado de EMERGENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA la Administración Pública Municipal, a partir de la fecha de promulgación del presente y hasta fenecido el Ejercicio 2016.
Artículo 2º): El Poder Ejecutivo podrá darlo por concluido antes de esa fecha, si considera superados los hechos que provocan el estado de emergencia.
Artículo 3º): INFÓRMESE del presente al Honorable Concejo Municipal, a los organismos gubernamentales nacionales y provinciales, como así también a las organizaciones representativas del sector productivo.
Artículo 4º): Regístrese, Publíquese, Comuníquese y Archívese.
Fuente: Reconquista.com.ar
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