Recuerdan a productores apícolas inscribirse en el Renapa
El Ministerio de la Producción de la provincia recordó a los productores apícolas que deben inscribirse en el Registro Nacional de Productores Apícolas (Renapa) para, de esa manera, regularizar su actividad, de acuerdo a las exigencias dispuestas por la resolución 857/06 de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos de la Nación (Sagpya).
El formulario de Renapa se encuentra disponible en las distintas entidades apícolas, municipios y comunas de la provincia que formalizaron el convenio o en la Cadena de Valor Apícola del Ministerio de la Producción de Santa Fe.
Cabe destacar que para ello resulta fundamental consignar tanto el número de Cuit del productor como la georeferenciación (latitud y longitud) de los apiarios.
CERCA DE 2.200 APICULTORES REGISTRADOS
En cumplimiento de la resolución, y de acuerdo a lo establecido por el Consejo Económico de la Cadena de Valor Apícola provincial, se realizó entre los meses de septiembre y diciembre de 2009 en todo el territorio santafesino, la actualización obligatoria del Renapa.
La misma se desarrolló a través de aquellas instituciones relacionadas con el sector, habilitadas mediante convenios específicos en el marco de la nueva estructura determinada a tal fin, o bien en forma personal por los productores.
A la fecha, cerca de 2.200 apicultores efectuaron la presentación del formulario respectivo con el cual dan cumplimiento a exigencias establecidas por la Sagpya.
CONSEJO ECONÓMICO DE LA CADENA APÍCOLA
Este consejo –que funciona en el marco del Ministerio de la Producción- representa el espacio en el cual se garantiza la participación ordenada y permanente de los diversos actores que representan la Cadena de Valor.
El consejo de la cadena apícola está integrado por los nodos apícolas Reconquista, Rafaela, Santa Fe, Rosario y Venado Tuerto, Federación Agraria Argentina (FAA), Confederación de Asociaciones Rurales de Santa Fe (Carsfe), Sociedad Argentina de Apicultores, Facultad de Agronomía (UNL), Inta, Asociación Santafesina de Integración Sanitaria Apícola (Asisa), Senasa, Agencia Santafesina de Seguridad Alimentaria (Assal), Coop. Cosar Ltda., y Maná Export.
RESOLUCIÓN 857/06
La resolución 857/06 crea, en el ámbito de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos de la Nación, el Renapa.
En el mismo deberán registrarse obligatoriamente todos los productores que cuenten con una producción apícola de cinco colmenas o más, ya sean de cría, producción de núcleos, reinas, paquetes, miel, jalea real, propóleos, polen u otros productos apícolas. Toda persona física o jurídica que se dedique al manejo de colmenas: producción y/o empleo de abejas como polinizadoras de cultivos entomófilos, queda comprendida en las disposiciones de la presente norma.
Una vez efectuada la inscripción en el registro se otorgará al productor la credencial de productor apícola, que lo habilitará como Productor Apícola, la cual le será requerida para la realización de todo trámite oficial relacionado con la actividad apícola.
El productor apícola obtendrá su número de productor en forma inmediata y definitiva, este número es único e intransferible. Quienes cedan, consientan, permitan o transfieran el uso del número de productor apícola serán dados de baja del registro.
La norma determina que es obligatorio identificar el material apícola con el número de Renapa otorgado.
Además, obliga a declarar bajo juramento que las colmenas del/los apiarios, no han sido ni serán tratadas con sustancias peligrosas o supuestamente peligrosas para la salud humana, y en caso de haberlo sido serán respetados los tiempos de restricción establecidos en los marbetes comerciales de los productos formulados con dicha sustancia.
El Renapa tiene una vigencia de dos años para contar con información oportuna y fidedigna. La información obtenida tiene como finalidad continuar con la elaboración de estadísticas sectoriales y la generación de información que facilite la toma de decisiones por parte de las autoridades y de los agentes que intervienen en la cadena apícola.
Dicha información permite un gerenciamiento de riesgos (sanitarios, técnicos, informativos, de calidad) más eficiente, como así también llevar adelante acciones correctivas más eficaces, por parte de los organismos de control.
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