REGLAMENTAN EL USO DE EQUIPOS DE BRONCEADO MEDIANTE RADIACIONES ULTRAVIOLETAS
El Ministro de Salud de la provincia, Dr. Juan Héctor Sylvestre Begnis, mediante Resoluciónº 014 del 17/12/04, reglamentó la utilización de equipos de bronceado mediante radiaciones ultravioletas.
La misma se resolvió adoptar debido a que las radiaciones ultravioletas pueden afectar gravemente a la piel y a los ojos; las exposiciones intensas y repetidas pueden provocar un envejecimiento prematuro de la piel, así c�omo un aumento del riesgo de desarrollar un cáncer de piel; los daños causados a la piel son irreversibles y están fuertemente relacionados con los tipos de piel.
Cabe señalar que esta normativa constituyó a la provincia en pionera sobre esta temática, ya que es la primera en nuestro país que aborda este problema.
La norma regula, además de los centros de bronceados, los salones de estética, peluquería, gimnasios, centros deportivos, hoteles y cualquier otros establecimientos que brinden este tipo de servicios al público.
La resolución dentro de sus cláusulas, establece un conjunto de prescripciones que se sustentan en la libre asunción de riesgo por parte del usuario y se basa sobre tres aspectos fundamentales: limitaciones, formación, información
LIMITACIONES
Dentro de las limitaciones se establece la potencia mínima, longitud de honda de las RUV utilizadas, condiciones de seguridad para usuarios y operadores y las características técnicas y de mantenimiento que deben cumplir los equipos.
También establece que no se usarán aparatos de bronceado automáticos que operen sin supervisor autorizado y queda prohibido la utilización de los mismos por menores de 18 años de edad.
Asimismo, contempla que a nivel publicitario no se podrán hacer referencia a efectos curativos, preventivos o beneficioso para la salud.
FORMACION DEL PERSONAL
En este sentido, la normativa indica que el personal que opera las máquinas deberán contar con la preparación necesaria y ejercerán la labor de vigilancia sobre la adecuada utilización de las mismas. Para ello deberán recibir cursos de formación.
INFORMACION AL USUARIO
Al respecto, todo Centro de bronceado tendrá disponible para sus usuarios un documento informativo con advertencias, recomendaciones y programa de exposición recomendado según el tipo de piel.
Las advertencias más significativas se detallarán en un cartel ilustrativo de fácil lectura situado en la sala de espera. También debe exponerse la habilitación de los equipos extendida por la autoridad de aplicación
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