REGLAMENTARON EL VALOR DE LAS BOLETAS ELECTORALES
Las boletas de un cuerpo de 12 por 19 centímetros poseen un valor de 0,038 pesos por 5.000 unidades, mientras que por 500.000 unidades desciende a 0,021.
El decreto de la Casa Gris reglamentó el valor de impresión de las boletas partidarias para las elecciones primarias, cuyo costo debe financiar el Ministerio de Gobierno provincial.
En tanto, las boletas de dos cuerpos, cuya medida es de 12 por 9,5 centímetros, tienen un valor de impresión 0,040 pesos. El ministerio procederá “al reconocimiento a favor de las listas del monto que resulte como valor unitario, según el número de categorías electorales en las que se haya oficializado lista, y por una vez el padrón electoral, conforme al ámbito de actuación territorial”.
Además, la norma establece que “el monto así determinado será el único reconocimiento a efectuarse con motivo de la impresión de las boletas, no admitiéndose ningún reclamo por mayores costos que se hubieren abonado por ese concepto” de los partidos políticos que las impriman.
También explica que “el pago se efectuará contra la firma de un recibo por el apoderado (de cada fuerza), dejándose constancia de la obligación que asume éste de rendir cuentas mediante la presentación de documentación que respete las regulaciones tributarias que acrediten el abono de la impresión de las boletas”.
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