“RENOVANDO EL CÓDIGO PENAL NO SE RESOLVERÁ EL TEMA DELICTIVO”
El santafesino Alejandro Tizón, actualmente Juez de Ejecución Penal en la cárcel de Las Flores, fue uno de los convocados por el Gobierno Nacional para contribuir a la discusión inicial sobre la reelaboración del Código Penal.
Consultado por “El Ombligo del Día” que se emite por LT10, el jurista consideró “conveniente no escapar de la discusión de grandes temas”. Sin embargo solicitó que no se generen demasiadas expectativas en la ciudadanía ya que recordó que –a su entender- “renovando el Código Penal no se va a resolver el problema delictivo como es la creencia popular”.
En el mismo sentido informó que “la idea fue tratar de trabajar un año y algunos meses y dar a conocer el proyecto una vez delineados todos los aspectos del mismo para evitar presiones e intervenciones”. En el mismo sentido afirmó que esa propuesta “se logró y ahora se presenta en sociedad”.
En particular y sobre los tres puntos más importantes que fueron debatidos, Tizón detalló que “la despenalización del aborto fue uno de los que más discusión llevó al seno de la comisión, donde se expusieron varias posiciones”. Si bien confirmó que “el aborto no estará despenalizado, sigue siendo penado pero por mayoría triunfa la posición de establecer que cuando las circunstancias lo hicieran excusable no se penalizará a la mujer que se haga un aborto”.
Para esos casos, el borrador establece que “se documentará un informe sobre las razones que hicieron a la mujer tomar esa decisión. Había otra posición que resulto minoritaria que proponía el aborto sólo cuando había violación o peligraba la vida”.
Asimismo, Tizón recordó que “obviamente todo está sometido a la discusión porque se trata sólo de un anteproyecto”. Además, destacó que para la disputa final se convocará a distintas organizaciones no gubernamentales que han expresado ya su opinión sobre el tema y tienen mucho para decir.
Por otra parte fue consultado sobre el punto que refiere a la posible despenalización de la tenencia de drogas para consumo personal, a lo cual aseveró que “hubo distintas posiciones sobre este tema, sobre todo teniendo en cuenta el último fallo (de la Corte Suprema de Justicia de la Nación) que no penalizó la tenencia para consumo personal. La represión –en el buen sentido- debe estar focalizada en quienes distribuyen, fabrican o parcializan la droga, y no al consumidor que es lo que está pasando ahora. No es una toma liviana de posición sino a una decisión de que se penalicen los comportamientos gravosos para la sociedad como el que cometen quienes comercializan”, remarcó.
LA INTRODUCCIÓN DE LA FIGURA DEL “PERDÓN JUDICIAL”
“La Eutanasia, en un principio, la denominamos ‘Homicidio por Piedad’ con una pena de uno a cuatro años y se dan dos atenuantes: se introduce la figura nueva del perdón judicial para cuando se comprueba la decisión o la voluntad del paciente que si ha dado muestra, el juez puede eximir o dictar el mínimo de la pena” dijo Tizón al ser requerido sobre la posibilidad de que sea legal en nuestro país acabar con la vida de un enfermo terminal.
En tanto, destacó que “el juez puede establecer fundadamente que el comportamiento de la persona que acaba con la vida de su par por un pedido expreso de este, no lleva ningún tipo de criminalidad”.
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