Restricción de tránsito para vehículos pesados
La medida tiende a garantizar la seguridad vial, adhiriendo a lo establecido por la Secretaría de Transporte Automotor dependiente del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios de la Nación.
La resolución establece en los considerandos que este tipo de disposiciones puestas en práctica recientemente "coadyuvaron a la disminución de situaciones de riesgo" y que "resulta de vital importancia continuar estableciendo acciones tendientes a prevenir siniestros de tránsito (…) en función de la experiencia relativa a los movimientos turísticos", siendo, en consecuencia, "oportuno, meritorio y conveniente disponer una restricción en el transporte de cargas generales y de mercancías y residuos peligrosos".
Dicha medida se aplicará a partir de las 16 del martes 25 de mayo, hasta la primera hora del miércoles 26.
Los vehículos afectados
La disposición afecta a los vehículos contemplados en las categorías N2 (vehículos destinados al transporte de mercancías con un peso máximo superior a 3,5 toneladas pero inferior a 12 toneladas), N3 (vehículos destinados al transporte de mercancías con un peso máximo superior a 12 toneladas), O (incluidos los semirremolques), O3 (remolques con un peso máximo superior a 3,5 toneladas pero inferior a 10 toneladas) y O4 (remolques con un peso máximo superior a 10 toneladas).
En tanto, quedarán exceptuados de la medida los vehículos de transporte de leche cruda; de animales vivos; de productos frutihortícolas en tránsito; transporte exclusivo de prensa y unidades móviles de medios de comunicación audiovisuales; de atención de emergencias; de asistencia de vehículos averiados o accidentados, en el lugar del suceso o en el traslado al punto más próximo a aquel donde pueda quedar depositado y en regreso vacío; de cisterna de traslado de combustible y de Gas Natural Comprimido; de transporte de gases necesarios para el funcionamiento de centros sanitarios, así como de gases transportados a particulares para asistencia sanitaria domiciliaria (en ambos casos, cuando se acredite que se transportan a dichos destinos); transporte de medicinas; y de disposición final de residuos sólidos urbanos.
Rutas afectadas
Esta restricción al tránsito afecta a las rutas provinciales números 1, 3, 4, 5, 6, 10, 13, 14, 17, 20, 21, 22, 23, 26, 26-S, 34-S, 39, 61, 62, 65, 66, 70, 80, 90, 91, 92, 93, 94, 280-S y la autopista Santa Fe – Rosario.
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