REVELADORES DATOS SOBRE LA SEGURIDAD DE LA ESTACIÓN DE OMNIBUS SANTAFESINA
En los primeros días del mes de marzo la ciudad de Santa Fe despertó con una tragedia que se llevó tres vidas en la terminal de Ómnibus Manuel Belgrano. Allí un micro de pasajeros de una empresa que realizaba el trayecto San Pablo (Brasil)- Córdoba, se incendió en la playa de maniobras. El hecho causó la muerte de tres personas cuyas identidades son: Judith Silvia Bogni de 48 años, oriunda de Río IV (Córdoba), quien era tía del menor fallecido, Tiago Medina Bogni de 7 años, quien residía en el vecino Brasil, y la restante víctima es Lucrecia Cubas de 23 años, también con domicilio en Río IV.
El hecho ocurrió alrededor de las 6.30 del 1 de marzo pasado. En principio las hipótesis indicaban que el siniestro se habría producido por un problema en el colectivo. Sin embargo los restos del vehículo fueron analizados por el CERIDE.
A casi tres meses de la tragedia, el informe confeccionado por los Bomberos Zapadores deja en claro que las instalaciones de la Terminal de Ómnibus no están en condiciones de afrontar una emergencia.
Los Concejales Jorge Henn y Leonardo Simoniello solicitaron sanciones a la empresa Netoc, concesionaria de la Estación Terminal de ómnibus Manuel Belgrano. El pedido fue hecho a instancias del informe mencionado, el cual desnudó serios incumplimientos en cuanto a la seguridad del lugar y las ordenanzas vigentes.
Del informe técnico se desprende que muchos elementos o disposiciones vinculadas con la seguridad no se cumplimentaban. La Empresa concesionaria fue beneficiada por un aumento de tarifas hace algunos meses aún cuando no había cumplido sus obligaciones.
“Ante la gravedad de las conclusiones expresadas por la Agrupación Bomberos Zapadores U.R.I., en relación con el trágico accidente producido en un colectivo al momento de arribar a la Estación de nuestra ciudad el día 02 de marzo del corriente año, creemos imprescindible el conocimiento de las precisiones mas importantes de dicho informe” sostienen los ediles santafesinos.
Ante esta situación Henn y Simoniello solicitaron la aplicación de sanciones a la Empresa concesionaria, en virtud de lo dispuesto por el artículo 41º de la Ord. 10552. La mencionada norma estipula que “por falta grave” puede llegarse hasta la rescisión de contrato.
Cabe destacar que este informe fue solicitado por la unanimidad del Cuerpo al Juzgado de Instrucción en lo Penal de la Octava Nominación, encontrándose copia del mismo en el Honorable Concejo Municipal.
El informe comienza detallando actividades en determinados sectores y usos del Inmueble detallando. Por ejemplo: en Planta Baja, Primer entrepiso y Segundo entrepiso.
En cuanto al Punto de “SISTEMAS DE EXTINCIÓN DE INCENDIO” y las condiciones de los denominados hidrantes el informe dice “De las 5 VTT relevadas, tres de las mismas se encontraban sin la llave de apertura correspondiente, elemento fundamental para el accionamiento de la válvula…, las mismas se hallan ubicadas en el hall central, frente de la dársena nº5, 1 en la playa de estacionamiento y la última en el lateral sur del edilicio cerca del oratorio, elemento fundamental para el correcto funcionamiento del hidrante”.
Al respecto es necesario aclarar que esta es una situación similar a la verificada en el resto de la ciudad –en la vía públlica- en donde el Municipio no conoce certeramente en donde se encuentran los hidrantes ni si se encuentran en condiciones.
Con respecto al mismo tema –hidrantes- el informe asevera que el inmueble “no cumple con lo establecido en la ordenanza 7279/76 – Reglamento de Edificaciones”, ya que no cuenta con el número dispuesto por la norma en cuento a las distancias entre los mismos. “Las distancias que existen entre las V.T.T. establecidas en el inmueble es superior a la exigida por la ordenanza en vigencia” termina definiendo.
En relación a los gabinetes y mangueras el informe asegura: “Los gabinetes se hallan constituido por una caja metálica con su vidriado, de los cuales 4 se hallaban perfecto en estado y 1 se encontraba sin su vidrio correspondiente, siendo este el que esta ubicado en la parte sur del edificio cerca del oratorio” “…se observa el estado de abandono que se halla el gabinete situado en el lateral Sur cerca del Oratorio sin su vidrio correspondiente, la VTT sin llave de apertura y sin los elementos complementarios para su correcto funcionamiento (lanza – manguera y llave unión) CON EL AGRAVANTE DE QUE ES EL ÚNICO MEDIO DE EXTINCIÓN que posee el edificio en ese sector”.
Por otra parte en cuanto a las Bocas de Impulsión se dice “en la inspección correspondiente del Sistema de Establecimientos Fijos, no se pudo visualizar en la fachada o acera del inmueble la boca de impulsión del sistema como lo establece las presentes normativas. Y con respecto a los matafuegos se informa: “se pudo verificar únicamente 2 extintores portátil de 10 kg. y un carro de 50 kg. de polvo químico en todo el edificio”. Además se agrega que “Teniendo en cuenta el riesgo a proteger y los elementos participantes en un principio de incendio, esta instancia aconseja que se cumpla con lo establecido en el Decreto 351, de la Ley 19.587 de Higiene y Seguridad en el trabajo cuyo texto dice: “Todo edificio deberá poseer matafuegos con un potencial mínimo de extinción equivalentes a 1 A y 5 BC en cada piso, en lugares accesibles y prácticos, distribuidos a razón de 1 cada 200 m2 de superficie cubierta . La clase de estos elementos se corresponderá con la clase de fuego probable”.
Por último, y con respecto a la playa de estacionamiento se manifiesta que el lugar “NO CUMPLE con los estipulado con la presente ordenanza 10148 dado que no posee la cantidad de extintores exigidos, no se respeta la ubicación de los mismos como así también no posee los recipientes con el material absorbente establecido en la presente normativa”.
Ante lo informado por los Bomberos, Simoniello y Henn sostienen que “este es un espacio público concesionado a un tercero por parte del Municipio. Ni el concesionario debe incumplir normas, ni el concedente puede dejar de controlar. Aquí ha habido incumplimientos de ordenanzas vigentes, inclusive la misma que otorga la concesión para la explotación de la Terminal. Hubiésemos preferido que sea el mismo Municipio el encargado de descubrir sus propios errores”.
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