Revocaron un fallo que reconocía el derecho de un homosexual de pedir pensión por viudez
La Cámara de Apelaciones en lo Contencioso de La Plata revocó un fallo que había reconocido los derechos de los homosexuales a pedir pensión por viudez al darle la razón a la Caja de Previsión y Seguro Médico bonaerense, que había apelado la decisión del juez de primera instancia. Ahora la cuestión deberá ser resuelta por la Suprema Corte bonaerense, a la que acudió el damnificado. En marzo del año pasado, el juez en lo contencioso administrativo de La Plata Luis Federico Arias había ordenado a la entidad provisional que pagara una pensión de un gestor que había convivido 11 años con un ginecólogo fallecido en 2003, rechazando el argumento de la Caja de que la legislación no contempla la convivencia entre homosexuales. El régimen previsional prevé que —para el otorgamiento de pensiones— "queda equiparado a la viuda o viudo la persona que hubiere vivido públicamente y en aparente matrimonio durante un mínimo de 2 años". El fallo de Arias intimaba a la entidad a comenzar a pagarle una pensión al gestor, pero la Caja apeló la medida y ahora la Cámara de Apelaciones le dio la razón al reconocer que "la Ley 12.207 de la Caja de Previsión y Seguro Médico no establece el otorgamiento de pensión para personas del mismo sexo". El abogado de la ONG "Siete Colores" Julián Díaz Bardelli adelantó que el damnificado ya apeló la resolución ante la Suprema Corte de Justicia bonaerense.
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