Río Negro: se realizó la primera ablación amparada por la “Ley Justina”
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Fue en General Roca. Se trató de un joven que en vida no manifestó estar en contra de la donación y su familia se negaba a que usen sus órganos. Los médicos pidieron que intervenga la Justicia.
Se realizó en General Roca, Río Negro, la primera ablación amparada en la “Ley Justina” aprobada el 4 de julio último pero reglamentada este lunes.
El hospital de la localidad rionegrina aplicó la nueva normativa y realizó una ablación que implicaba un caso de muerte violenta, según informaron desde la Justicia y el ministerio de Salud de la provincia.
La familia del joven, del cual no trascendió su nombre y quien en vida no manifestó estar en contra de la donación, se negaba a que se utilicen sus órganos. Pero ante el requerimiento urgente de los médicos del Hospital de General Roca a la Justicia el procedimiento de ablación pudo ser llevado a cabo.
En un trámite acelerado la fiscal Graciela Echegaray presentó una solicitud a la jueza de Garantías María Gadano. Fundándose en la Ley Justina la magistrada dictó la aprobación para que los profesionales pudieran seguir adelante.
“El protocolo prevé estas situaciones en la que todos somos donantes presuntos, a menos que expresemos nuestra voluntad contraria”, señaló Echegaray a Cadena 3.
“Nuestra intervención es a partir de que la Ley Justina prevé en el caso de muerte la autorización del juez que interviene en la causa”, precisó.
La Ley Justina fue una iniciativa de la familia de una niña de 12 años que murió en noviembre de 2017, esperando un corazón.
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