Rondina considera que la 9.280 “no tiene vigencia”
El Dr. Domingo Rondina, aseguró esta mañana que la resolución sobre quién debe ocupar la banca 50 de la Cámara de Diputados es “compleja” y obliga a “interpretar las normas en juego”. En definitiva, consideró que “debe el Tribunal Electoral y la Corte provincial resolver(lo)”.
Según su opinión personal, “el acceso al reparto de las bancas debe establecerse sobre el 3% de los votos válidos emitidos, no del total del padrón”, pero claro que se trata solamente de un punto de vista. Consultado sobre el origen de esta idea, explicó que a su entender, “la ley 9.280 ya no tiene vigencia porque ha sido derogada toda la normativa electoral anterior y porque es incompatible con todo el régimen nuevo”.
Si bien, vale aclarar que el articulado mencionado por el abogado no tuvo derogación explícita, el asevera que existen dos modos de que una norma quede en desuso, uno de ellos es la forma expresa y la derogación tácita.
Así las cosas, el estudioso insistió en que “lo que se debe tomar en cuenta para el acceso al reparto de banca es la cantidad de votos válidamente emitidos”, según su propia sentencia.
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