Sancionan a Telecom por “violación a la ley de lealtad comercial”
La Justicia confirmó multa de 80 mil pesos a la empresa de telefonía por omitir las frases “sin obligación de compra” y “consulte en los locales de venta”, además del alcance geográfico y fechas de inicio y cierre del concurso “Un millón de clientes”.
La Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal confirmó la multa de 80 mil pesos que se le impuso a Telecom Argentina SA por realizar un concurso sin incluir las frases “sin obligación de compra” y “consulte en los locales de venta”.
La Sala IV del tribunal consideró, además, que la empresa telefónica tampoco aclaró cuál era el alcance geográfico del concurso “Un millón de clientes”, ni la fecha de inicio ni de finalización del mismo.
Contra la multa aplicada por la Dirección Nacional de Comercio Interior, Telecom alegó que se la sancionaba sin haber participado en el proceso de impresión y colocación en los medios de la gráfica y/o publicidad radial o televisiva, actividad que estuvo a cargo de la firma Santo Buenos Aires S.A.
El tribunal concluyó, en cambio, que Telecom era responsable del incumplimiento de las disposiciones de las leyes que protegen al consumidor, “ya que debió ejercer debido control sobre la agencia que llevó a cabo las publicidades promocionando un concurso a su nombre”.
Agregó que las leyes de protección al consumidor “tienen por finalidad, por un lado, garantizar a aquél una posición de equilibrio en sus relaciones con los empresarios y, por el otro, preservar la lealtad en las relaciones comerciales, a modo de evitar que se produzcan desvíos o captación potencial de clientela por medio de métodos contrarios” a la buena fe.
Los camaristas Marcelo Duffy, Jorge Morán y Rogelio Vincenti destacaron que el “principio general” del derecho a información de los consumidores y usuarios está previsto en el artículo 42 de la Constitución Nacional.
Los jueces recordaron que, según la ley, “en cada mensaje publicitario que difunda una promoción, se deben incluir las expresiones «Sin obligación de compra» y «Consulte en los locales de venta» en forma destacada y fácilmente visible y/o audible para el consumidor y la «fecha de inicio», «finalización» y el «alcance geográfico» de la misma”.
“consumidor pueda informarse a través suyo sin necesidad de recurrir a otros medios ni de tener que contar con acceso a Internet”, como lo había sugerido Telecom en su descargo.
Fuente: Rosario3
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