SANCIONES POR DISCRIMINAR
Con la intención de prevenir la discriminación en lugares públicos –situación que es denunciada con frecuencia, especialmente en boliches bailables– el secretario de Derechos Humanos de la provincia, Domingo Pochettino, preparó un proyecto de ley en el que se propone modificar el Código de Faltas con la intención de incorporar un capítulo que reprima con prisión y accesoriamente con multa a quien incurra en estas situaciones. “El que impidiere u obstaculizare intencionalmente el ingreso o la salida de lugares públicos o privados destinados permanente o circunstancialmente a la concurrencia pública por razones o con pretexto de raza, género, orientación sexual, religión ideología, nacionalidad, caracteres físicos, sociales, económicos o cualquier otra circunstancia que implique discriminación o menoscabo será reprimido con arresto de hasta quince días y accesoriamente multa”, señala el proyecto, que ya fue remitido al ministro Coordinador, Julio Barberis, y propicia incorporar tres artículos al código en un capítulo contra la dignidad humana.
Por otra parte, la Secretaría de Derechos Humanos también elaboró un anteproyecto de ley para regular la prestación privada de servicios de vigilancia y custodia en el territorio de la provincia con el que se propicia sustituir una resolución del año 1991 que fija pautas para la actividad.
El proyecto que apunta a sancionar los casos de discriminación dispone que si la falta fuera cometida por personal privado contratado para custodia o vigilancia, actuando bajo expresas órdenes del propietario, gerente, administrador o encargado del local, “éstos serán pasibles de la sanción prevista para el autor material como autores ideológicos, pudiendo aplicárseles al local involucrado, sanción de clausura de hasta 60 días”.
Finalmente, y respecto de las modificaciones que propone para el Código de Faltas , en el artículo 126 se señala: “Si la falta fuere cometida por funcionario público, se considerará figura agravada de la contravención, y el imputado no podrá beneficiarse del perdón judicial”.
Vigilancia privada
Por su parte, la nueva ley que se propone para regular a los servicios privados de vigilancia tiene por objetivo “proveer los modos, condiciones y exigencias, tanto de inscripción como de control, de una actividad cuyas directrices legales no responden a los requerimientos sociales vigentes, con características cuasi policiales y excesivamente profesionalista”.
En los fundamentos de la normativa propuesta se señala que “se encuentra muy difundida la noción de equiparar y/o confundir a los vigiladores privados como una especie de policía civil, cuando en realidad son personas de derecho común con una tarea específica de guarda y custodia y cuyas atribuciones al igual que cualquier ciudadano están definidas por jerarquías legales superiores”.
En la ley propuesta se definen los requisitos que deberán tener quienes se desempeñen en tareas de vigilancia y se elimina el vocablo “seguridad privada” por el de “custodio y vigilancia”. También se propone un régimen de custodia en locales públicos “para evitar los excesos en los que habitualmente incurren los patovica”. Asimismo, se determina que el órgano de aplicación de la normativa deberá depender directamente del Poder Ejecutivo “sustrayéndolo de la órbita policial”. De igual modo se establecen los límites de la actividad y se fijan las obligaciones de las empresas que efectúen la tarea. Asimismo, se consignan los requisitos para la habilitación de las agencias.
Una campaña para difundir los derechos de los ciudadanos
La Secretaría de Derechos Humanos de la provincia lanzó el Programa “Todos tenemos derechos y debemos hacerlos respetar” consistente en la difusión de volantes didácticos referidos a detención policial y al llamado derecho de admisión. En los referidos folletos se explica en qué situaciones una persona puede ser detenida y los derechos en tales casos y sobre el ingreso a los locales comerciales se precisa que “no es cierto que la casa puede reservarse el derecho de admisión”.
Asimismo se indica que “las restricciones que se pueden efectuar son las autorizadas por el Estado según sea el tipo de local, por caso los menores de 18 años, o bien por razones específicamente previstas, como ejemplo, locales contratados para celebraciones privadas, o si el concurrente estuviere visiblemente alcoholizado, intoxicado o promoviere desórdenes”. De igual modo, se aclara que tales restricciones “nunca deben realizarse en violación a los derechos de igualdad, haciendo discriminación por raza, credo, clase o apariencia”.
El subsecretario de Derechos Humanos, Víctor Aliprandi, le explicó a El Ciudadano que “la idea es que a los volantes los repartan jóvenes”, y remarcó que “armamos grupos de chicos, para explicarles cuáles son sus derechos y después, lentamente, que ellos los repartan”. De igual modo destacó que “la intención es distribuirlo en boliches, en lugares donde se juntan los jóvenes, por ejemplo si en un bar toca una banda, allí repartirlos”. En el mismo sentido Aliprandi consignó que “el sistema de reparto no es convencional, pero sí más participativo”.
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