SANTO TOMÉ: EL EJECUTIVO SOLICITÓ AL CONCEJO UN AUMENTO EN LOS IMPUESTOS MUNICIPALES
En el mensaje nº 1077, el Ejecutivo propone modificaciones de las alícuotas aplicables a la valuación municipal sobre la que se calcula la Tasa Genera de Inmuebles, disposiciones de la Ordenanza Nº 1692/93, modificada por su similar nº 1738.
En el mensaje, se menciona que los valores no han sido modificados desde hace doce años y que “en un marco socioeconómico más favorable, aparece oportuno producir razonable actualización de las alícuotas, que solo permitirán acercar los valores a recaudar a los costos reales de los servicios que reciben los vecinos de Santo Tomé”.
De la aplicación de las alícuotas propuestas, resultará que las cuotas mensuales se incrementarán entre $ 4,00 mensuales (casa tipo de 60m2 ubicada en la zona 3) y $ 7,35 (casa tipo de más de 250 m2 ubicada en la zona 1), llevando en ambos casos los valores finales a $ 16,80 y $ 26,85 respectivamente).
También se propone una reducción en el recargo por Baldío, el que en la actualidad está fijado en valores muy altos, no coincidentes con similares establecidos en otras jurisdicciones.
TASA RETRIBUTIVA DE SERVICIOS SANITARIOS (AGUA CORRIENTE Y CLOACAS)
La propuesta de aumento llegó al Concejo a través del mensaje nº 1078. Este impuesto sufrió su última actualización en el año 2000 y en atención a la crisis socioeconómica acontecida en los años subsiguientes, no se realizaron nuevas actualizaciones, por lo que han pasado 5 años de congelamiento.
El Ejecutivo argumenta que “en el ínterin se ha triplicado el precio del gasoil, se han incrementado significativamente los precios de las maquinarias, equipos y sus repuestos, también los salarios de los empleados y obreros municipales, el conjunto de los insumos en general y se ha puesto en marcha la Planta de Tratamiento de Líquidos Cloacales”.
En términos generales, la propuesta eleva las alícuotas en un 25 %, “cifra que se encuentra por debajo de incrementos salariales, costo de vida y otros índices de referencia. Dado que no se modifican los valores fijos, el incremento final resultante ronda el 20%, que equivale al 3,7% anual acumulativo desde el congelamiento”.
Por último se recuerda que se puso en funcionamiento la Planta de Tratamiento de Líquidos Cloacales y que, “como se recordará, la Ordenanza 1989/98, en su artículo 5º dispuso que sus costos de operación, conservación y mantenimiento sean cubiertos con incrementos de la Tasa que nos ocupa”.
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