SANTO TOMÉ: NUEVAS MEDIDAS DE SEGURIDAD PARA ESPECTÁCULOS PÚBLICOS
Mediante el decreto 04/2005, el Intendente Ángel Piaggio, estableció nuevos requerimientos para la habilitación de locales abiertos y cerrados destinados a la organización de espectáculos púbicos.
Entre los principales puntos de la norma se fija que los predios deberán contar obligatoriamente con un seguro de espectáculos (con cobertura de vida sobre la cantidad de personas que cada local habilite), servicio médico asistencial inmediato, y para certificar ambos requisitos los empresarios deberá presentar copia del certificado de pago de cada rubro.
Asimismo, el artículo 5° establece que el control de las instalaciones será realizardo por intermedio del Cuerpo de Bomberos Zapadores, además de las verificaciones propias del Municipio.
En otro orden de cosas, y sobre la cantidad de asistentes, se reglamentó que la capacidad de los locales estará determinada a raíz de una persona por metro cuadrado de superficie cubierta, de los espacios destinados exclusivamente al público, menos el sector de sanitarios.
En este sentido, cada comercio deberá exhibir en un cartel de fácil lectura en los ingresos la cantidad máxima de personas autorizadas a ingresar y el número de teléfono del servicio de asistencia contratado.
Por otra parte, las salidas de emergencia deberán estar señalizadas con sistemas fotolumínicos para facilitar su visualización y las puertas abrirse hacia afuera.
Cabe mencionar que el decreto rubricado por el Titular del Ejecutivo tiene por finalidad prevenir accidentes o siniestros que pongan en peligro la integridad física de las personas, más alla de los periódicos controles que se realizan dentro de la normativa vigente.
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