SE CERRÓ OTRA CAUSA JUDICIAL QUE INVESTIGABA EL DICIEMBRE TRÁGICO
El juez Juan José Alarcón (correccional 2º) cerró una causa -quizás la última‑ sin develar la gran incógnita histórica del 19 y 20 de diciembre de 2001. ¿Cuál fue la orden del gobierno de Carlos Reutemann ante la sangrienta represión que dejó siete muertos y decenas de heridos en Rosario? ¿Cuál fue el plan de operaciones de la Policía en los días de furia? ¿Quién dio la orden de reprimir? Alarcón resolvió archivar la denuncia de la comisión investigadora no gubernamental contra el ex jefe de la Unidad Regional II, comisario Jorge Pupulín por que ya prescribió el supuesto delito que le imputaban: incumplimiento de los deberes de funcionario público. “La presente causa se encuentra prescripta”, escribió el magistrado en una resolución de apenas veinte líneas.
Los casos de diciembre trágico revelan cómo opera el Poder Judicial de la provincia cuando está involucrado el poder político: la investigación de los presuntos responsables de la represión ya pasó por tres jueces: Osvaldo Barbero (Instrucción 13º), Alarcón (Correccional 2º) en Rosario y Roberto Reyes (Correccional 8º) en Santa Fe, demandó un ping pong judicial de casi un año y hasta llegó a la Corte Suprema de Justicia que dividió la competencia territorial entre el norte y el sur: los policías se juzgan en Rosario y los políticos en Santa Fe. Pero ahora, Alarcón cerró el proceso contra la cúpula de la Unidad Regional II sin indagar sobre las órdenes, el plan de operaciones y la cadena de mandos, como planteaban los denunciantes. ¿Quién develará esa incógnita?
La comisión investigadora no gubernamental presentó la denuncia contra Pupulín y “quienes resulten responsables de acuerdo a la respectiva cadena de mandos de la Policía” a mediados de diciembre último, cuando pidió a la fiscal Elida Rivoira que investigue las órdenes y el plan de operaciones en los días de furia.
El escrito mencionó un documento del propio comisario Pupulín que el Ministerio de Gobierno incluyó en un informe a la Cámara de Diputados. “Informo que esta Unidad Regional II no ha recibido órdenes directas o instrucciones específicas provenientes o de parte del Poder Ejecutivo Provincial”, señaló el ex jefe de Policía de Rosario.
Sin embargo, la comisión citó el Reglamento Orgánico de Unidades Regionales (ROUR) (decreto 3174/77) que otorga a cada jefe el comando, gobierno, administración y control de sus unidades. “En consecuencia, el jefe de la Unidad Regional II tenía a su cargo la planificación, coordinación, control y ejecución del operativo policial montado particularmente los días 19 y 20 de diciembre de 2001”, explicó.
El plan de operaciones que “debió impartir el jefe de la Unidad Regional II es el documento que determina la acción coordinada para ejecutar una acción táctica. En ella ningún punto quedará librado al azar y debe contemplar todos los pasos de la conducción, es decir, información, apreciación, resolución, planes y órdenes”, apuntó la denuncia. Y citó -a modo de ejemplo‑ un fallo del juez de Santa Fe, Raúl Candioti (Correccional 7¬) en el que condenó al ex jefe de la Unidad Regional I La Capital, Luis Bellini y a otros comisarios por la represión a los trabajadores bancarios, en 1996.
La comisión aportó también el testimonio del ex ministro de Gobierno, Lorenzo Domínguez, quien declaró: “El lunes 17 y el martes 18 (de diciembre de 2001) convoqué a mi despacho al subsecretario de Seguridad Pública, Enrique Alvarez. Vino acompañado por (su segundo, el abogado Eduardo) Piaggio. Ya teníamos los antecedentes de todo lo que había sucedido en los días anteriores en Rosario y otros lugares del país, de manera que con el cúmulo de información que uno iba teniendo, de cómo se desarrollaban los acontecimientos yo preveía que se venían los momentos más duros. Todavía no se habían producido marchas importantes, pero ese día martes le dije que era posible que la Policía de la provincia tuviera que actuar en cumplimiento de la ley y en resguardo del orden público…”, dijo Domínguez al recordar la orden que recibió Alvarez: “Yo te quiero decir que no quiero en la provincia de Santa Fe ni un muerto”.
“Por lo tanto, la justicia debería investigar “la existencia o no de las ordenes de operaciones” y “la manera que fueron impartidas desde los jefes de la unidad regional hacia el personal según la cadena de mandos establecida por la ley”, propuso la comisión.
Pero el juez Alarcón decidió otra cosa. “En orden a los delitos denunciados, atento al tiempo transcurrido desde la última actuación judicial (…) la presente causa se encuentra prescripta, correspondiendo disponer, sin más, el archivo de estas actuaciones”, apuntó en los considerandos. Por lo tanto, resolvió “archivar la presente causa Nº 3581/03 seguida a Jorge Saúl Pupulín por prescripción de la acción penal en orden al delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público”.
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