SE CONOCE EL VEREDICTO EN EL JUICIO CONTRA MIGUEL ROMANO
El Tribunal Oral en lo Criminal 26 dará a conocer en el día de hoy el veredicto en el juicio que se sigue contra el peluquero Miguel Romano, acusado de haber cometido estafas reiteradas mediante tarjetas de crédito, como integrante de una asociación ilícita.
Luego de que ayer culminara la etapa de alegatos y réplicas, los jueces convocaron a las partes para hoy a las 9, oportunidad en la que los 14 imputados tendrán derecho a pronunciar sus “últimas palabras” antes de conocerse la resolución del tribunal.
Posteriormente, los camaristas Marta Yungano, Patricia Llerena y Manuel García Reynoso pasarán a deliberar y se estima que antes del mediodía se dará a conocer el veredicto y, de ser condenatorio, la sentencia al peluquero y el resto de los acusados.
El caso que se le imputa al estilista se inició en 2002, cuando investigadores policiales y judiciales determinaron la existencia de una asociación ilícita que cometía estafas con tarjetas de crédito robadas, mediante las cuales se cree se facturaron cortes de pelo de hasta 4.000 pesos y se compraron decenas de electrodomésticos.
Además de Romano, otras trece personas llegaron a juicio acusadas de integrar la asociación ilícita y la pena más dura pedida por el fiscal Pablo Ouviña en su alegato fue para el presunto jefe de la banda, Pedro Cayetano Garay, para quien solicitó 10 años y seis meses de reclusión y una pena unificada de 12 años y medio porque tenía dos condenas previas.
En tanto, para Romano, el representante del ministerio Público solicitó una pena de cinco años de reclusión y de dos para su cuñada, en tanto se pidió que se inicie una pesquisa por presunto falso testimonio contra la mujer del estilista.
Por esta causa, el peluquero permaneció detenido alrededor de dos meses en el penal de Villa Devoto, del que salió tras ser excarcelado por la Cámara del Crimen, en julio de 2002.
El 13 de septiembre pasado, el tribunal confirmó su procesamiento, dictado por el juez de instrucción Mariano Berges, lo cual permitió la sustanciación del proceso oral.
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