Se implementó un modelo único de acta de infracción en los operativos de control
El nuevo modelo de acta fue desarrollado por la Agencia Provincial de Seguridad Vial (APSV) en el marco del decreto Nº 1.698/08 –a través del cual se creó el organismo–, que la habilita a propiciar y desarrollar un modelo único de acta de infracción, disponiendo los procedimientos de entrega, registro y digitalización, así como el seguimiento de las mismas hasta el efectivo juzgamiento, condena, absolución o pago voluntario, en consonancia con las disposiciones nacionales vigentes.
El uso de este documento será de carácter obligatorio por las fuerzas y cuerpos de fiscalización autorizados mediante convenios firmados entre municipios y comunas con la agencia.
En tal sentido, la Agencia Provincial de Seguridad Vial ya suscribió convenios de “Coordinación y complementación para el control del tránsito y la seguridad vial” con 65 municipios y comunas santafesinos, mediante los cuales autoriza a los gobiernos locales a fiscalizar, juzgar conductas y ejecutar sanciones, tanto en rutas provinciales como nacionales.
Las localidades que en la primera etapa de implementación podrán comenzar a utilizar el nuevo modelo único de acta de infracción son: Rosario, Sunchales, Villa Constitución, Villa Gobernador Gálvez, Reconquista, Avellaneda, Totoras, San Justo, Venado Tuerto.
Especificaciones del nuevo documento
El nuevo modelo único de acta se completará con la siguiente información:
Datos de la infracción imputada: fecha, hora, lugar, descripción de la conducta, identificación de equipos automáticos o semiautomáticos utilizados, normas presuntamente infringidas.
Datos personales: identificación del titular del vehículo y del conductor.
Datos del vehículo: marca, modelo y características del rodado.
Datos de la autoridad de control: identificación del funcionario fiscalizador y del Tribunal de Faltas.
Pasos del procedimiento
Notificación: en oportunidad del control se notifica a la persona el labrado del acta y, asimismo, se lo cita a audiencia de descargo que se fija a partir de los 10 días de labrado el acta y por un plazo de 20 días corridos.
Entonces, tendrá las siguientes opciones:
a. La persona podrá ejercer su defensa presentando pruebas ante el juzgado municipal de faltas competente y cuyos datos de localización y horarios de atención figuran en el acta.
b. La persona podrá optar por ser juzgado o cumplir la condena ante el juez competente de la jurisdicción de su municipio, en los casos en que resida a más de 60 km. del juzgado competente por el lugar del hecho, si existiese convenio. En caso contrario, podrá formular su defensa por escrito ante este último juzgado.
c. La persona podrá optar por el pago voluntario con el descuento del 25 por ciento sobre el valor mínimo de multa fijada para la infracción, el que podrá realizarse únicamente dentro de los 30 días corridos desde la fecha del acta, vencido el cual se pierde dicho beneficio de pago con descuento.
d. No se emitirá nueva cédula de notificación, y vencido el plazo sin que la persona se presente o realice el pago voluntario, el juez competente dictará sentencia en rebeldía.
Pago
El pago voluntario o el pago de la multa impuesta por sentencia del juez de faltas competente, sólo se realizará ante las sucursales del Nuevo Banco de Santa Fe SA u otras entidades de cobro autorizadas. No deberá abonarse suma alguna en el lugar de la comisión de la presunta infracción, a ninguna autoridad ni bajo ningún concepto.
Unidades Fijas
Al igual que en la normativa nacional y de la mayoría de las provincias, los valores de las sanciones de multas están determinados en unidades fijas (UF), que equivalen al precio de venta al público de un litro de nafta especial que fija el Automóvil Club Argentino. A esos efectos en forma mensual, la APSV publica en la página web oficial, la actualización de dichos importes.
Nomenclador de infracciones
Para una más amplia información, en el reverso del acta se describen las principales infracciones tipificadas en nuestra normativa provincial vigente, con sus correspondientes montos de multas, expresados en UF.
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