Se promulgó el Descanso Dominical
La promulgación de la ley lleva la firma del ministro de Gobierno, Rubén Galassi, y fue publicada en el Boletín Oficial el viernes 5 de diciembre. Ahora, cada municipio y/o comuna deberá adherirse a la norma.
La ley establece en su artículo 1º que “los establecimientos comerciales y/o de servicios de la provincia de Santa Fe deberán permanecer cerrados los días domingos y los declarados como feriados nacionales que se detallan taxativamente: 25 de mayo, 20 de junio, 9 de julio, 26 de septiembre, Día del Empleado de Comercio. El Día del Empleado de Eomercio se concretará anualmente el miércoles de la última semana del mes de septiembre”.
En cuanto a su entrada en vigencia, el artículo 9º de la ley expresa que “en cada municipio y comuna deberá decidirse por una ordenanza de adhesión, la que podrá regular los alcances de su aplicación en función de las particularidades de cada localidad”.
También legisla en cuanto al horario para los días 24 y 31 de diciembre, estipulando que permanecerán cerrados desde las 18 horas, ambos días.
El proyecto comenzó a analizarse a mediados del 2013 por impulso de la Asociación Empleados de Comercio de Rosario, y contó con la adhesión de la Iglesia, la Universidad Nacional de Rosario, la Asociación Empresaria, la Cámara de Supermercadistas de Rosario, gremios que agrupan a trabajadores de la Industria de la Carne, de Dragado y Balizamiento, de Empleados de la Legislatura santafesina, Municipales, Bancarios, entre otros.
A poco de hacerse público este proyecto, y una vez que Diputados le dio entrada para su tratamiento, en el mes de setiembre de 2013, el Concejo Municipal de Rosario dio su apoyo a través de una declaración avalada por todas las bancadas que conforman el Palacio Vasallo.
El 4 de octubre de 2013, la Cámara de Diputados le dio media sanción al proyecto, el cual fue girado luego a Senadores, de donde con algunas modificaciones volvió a la Cámara de origen. El 6 de noviembre de este año la Legislatura santafesina transformó en ley el proyecto.
Fuente: Rosario3
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