SE PUSO EN FUNCIONAMIENTO LA UNIDAD EJECUTORA PARA LA RECONSTRUCCIÓN
Su finalidad será restablecer en cuanto sea posible y en la medida de los recursos que ingresen a la cuenta “fondos de emergencia hidrica-unidad ejecutora”, las condiciones preexistentes al hecho natural, en cuanto a la estructura de servicios públicos, recuperación de obras de infraestructura dañada por el fenómeno, ya que afecta las condiciones de vida de la población y actividades profesionales comerciales e industriales.
Colaborarán con la unidad ejecutora el Ministerio de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio, las secretarias General y Técnica de la Gobernación, y de Promoción Comunitaria, y las autoridades de los municipios y comunas afectadas.
El diseño y ejecución de los emprendimientos serán realizados por la unidad ejecutora cuando sea competencia de la provincia, en tanto, se hará por sí o mediante acuerdos programáticos con otros órganos o entes públicos, municipalidades y comunas, contratos con sujetos privados, conjuntamente (cuando sea necesario y conveniente) con convenios o contratos con universidades nacionales e institutos con incumbencia en la materia.
La unidad ejecutora podrá celebrar contratos de locación de obra, y servicios necesarios para el logro de sus objetivos y emitir la totalidad de los actos que correspondan a los procedimientos de selección y contratación de acuerdo a la ley de contabilidad, de obras públicas y sus normas reglamentarias.
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