SECUESTROS: DIPUTADOS APROBÓ LA REFORMA DEL CÓDIGO PENAL
La Cámara de Diputados convirtió hoy en ley los proyectos que otorgan mayores facultades a los fiscales en las investigaciones judiciales de secuestros extorsivos. Las iniciativas habían sido impulsadas por el anterior gobierno de Eduardo Duhalde y fueron retomadas por la gestión de Néstor Kirchner.
La intención es dotar a la justicia y al Ministerio Público de herramientas más ágiles para enfrentar un delito que creció exponencialmente en los últimos años. La propuesta aprobada hoy permite a los jueces y fiscales “actuar en ajena jurisdicción territorial” cuando hay riesgo de vida para la persona secuestrada, y también ordenar allanamientos.
El diputado del PJ Jorge Casanovas fue el encargado de defender el proyecto, que contaba con aprobación del Senado; por lo tanto, la modificación fue convertida en ley. El ARI, por medio, de Laura Musa informó la “disidencia” del sector con esta reforma.
“Son reforma simbólicas ante problemas reales. Se trata de pura modificación normativa”, criticó la diputada del ARI. Para Elisa Carrió, “una de las formas de blanquear un delito es declarar anticonstitucional una norma”, y que de este modo “el imputado llega a juicio y se cae”.
“Hay que tener mucho cuidado con esta norma porque no vaya a ser que después los tribunales declaren inconstitucional la norma y los delincuentes salgan”, comentó.
Stolbizer argumentó a favor del proyecto por entender que el juez “sigue teniendo siempre las facultades para convalidar las actuaciones del fiscal” y acusó al ARI de realizar una “lectura parcial” de las modificaciones.
El proyecto tiene los siguientes contenidos:
– Posibilitar la instrucción amplia, permitiendo actuar en jurisdicción ajena siempre que los delitos sean el secuestro o la privación ilegal de la libertad. En tales casos el fiscal puede tomar declaración al imputado, salvo que el imputado quiera prestarla ante el juez.
– Acorta o alarga los plazos del proceso en función de una mayor celeridad para facilitar en todos los planos la persecución penal.
– Allanamientos sin orden del juez podrá hacer el fiscal.
– De este modo debilita en cuanto a su competencia la función que venían desempeñando los jueces de instrucción dado que ahora cobra importancia el fiscal.
– El fiscal es el encargado de preservar el interés general, lo que cobra sentido relevante y sustantivo en material criminal.
– Debe prevalecer con sentido general a la actuación de los principios de inmediatez, economía y celeridad en las primeras etapas de la investigación, en resguardo de los elementos de convicción para ser utilizados en una instancia superior.
– La actuación debe respetar los principios supralegales y se entiende que el pleno debate de decisión contará con el órgano judicial.
Desarmaderos
Además, la Cámara de Diputados convirtió en ley el proyecto por el cual se crea el “Régimen Legal para el desarmado de automotores y venta de autopartes”, que fue solicitado ayer por el ministro de Justicia, Gustavo Béliz, como una de las medidas contra los desarmaderos ilegales.
Entre otros aspectos, el proyecto prevé la creación de un registro único de desarmaderos y la numeración de las autopartes para su posterior inclusión en el mercado de ventas con el fin de registrar ese número en las facturas de compra-venta.
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