SEGÚN UN FISCAL DIFUNDIR LOS USOS DE LA MARIHUANA EN INTERNET ES DELITO
Un fiscal de la Cámara de Casación aseguró que difundir a través de Internet información sobre el uso y legalización de la marihuana y cómo cultivar la planta en el hogar es un delito, y requirió que la Corte Suprema de Justicia se expida sobre el tema.
Se trata de un dictamen del fiscal Ricardo Wechsler, quien pretende que la Corte revierta la postura del máximo tribunal penal del país que sostiene que la difusión de esos datos están amparados por la libertad de expresión.
El fiscal interpuso un recurso extraordinario a fin de que la Corte revoque el sobreseimiento confirmado por la Cámara de Casación respecto de acusados de infringir la ley de estupefacientes.
Se trata de una causa que comenzó en diciembre de 2000 cuando personal del Departamento Operaciones Federales de la Superintendencia de Drogas Peligrosas de la Policía Federal encontró, mientras chequeaba Internet, una página dedicada a la legalización, uso y cultivo sobre la marihuana o “canabis”.
Según consta en el dictamen del fiscal, en la página, denominada ”página oficial del porreta argentino”, cuya dirección es, también se explica cómo cultivar marihuana en el hogar, en jardines, sótanos e inclusive en el interior de placards.
El 14 de septiembre de 2000 la justicia dictó el procesamiento sin prisión preventiva de Leonardo Vita (Archivo 14/03/2002), quien había registrado el dominio de la página con el fin de informar acerca del cáñamo e importar la cerveza Cannabia, de origen alemán, según explicó el imputado al efectuar su descargo.
También fue procesado Matías Gonzalez Eggers, quien reconoció haber creado y registrado como una “travesura” otra página, que informaba acerca de la despenalización de la tenencia para consumo personal, según consigna el dictamen.
Ambos fueron procesados por los delitos de “preconización” y “difusión de sustancias estupefacientes prohibidas, y de su uso, e impartición de instrucciones punibles acerca de la producción, fabricación y uso de estupefacientes”.
Pero en marzo de 2002, con un criterio opuesto, la Sala I de la Cámara Federal revocó el fallo y dispuso el sobreseimiento de los acusados, lo cual fue apelado por la fiscal Eugenia Anzorreguy ante la Cámara de Casación.
El máximo tribunal penal anuló esa sentencia por vicios formales, apartó a esa sala y la causa pasó a la Sala II que también sobreseyó a los acusados.
El polémico caso llegó luego nuevamente a Casación y la Sala IV de ese tribunal destacó que la protección que la Constitución Nacional da a la prensa ampara a Internet, destacó la importancia de la “libre expresión de ideas” y la “ausencia de nocividad”.
En disidencia votó la camarista Ana María Capolupo, quien sostuvo que tal protección “no puede importar un goce ilimitado del derecho” y privilegió la salud pública. El fiscal Wechsler sostuvo que “los hechos acreditados distan mucho de mostrarnos a dos ciudadanos preocupados por incluir en la Red un tratamiento serio de un tema por demás complejo como lo sería la permisibilidad del Estado en materia de estupefacientes”.
“Las expresiones vertidas por los imputados sí resultan aptas para lesionar el bien jurídico y encuadran perfectamente en las figuras de preconización y divulgación de estupefacientes previstas en el artículo 12 inciso a ley 23.737”, remató el fiscal.
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