SIMONIELLO Y HENN QUIEREN INCLUIR A LOS CASINOS Y BINGOS EN LA ORDENANZA IMPOSITIVA ANUAL
Los concejales Leonardo Simoniello y Jorge Henn presentaron un proyecto a través del cual pretenden que se incorpore a la Ordenanza Impositiva Anual el “Derecho a la explotación de Casinos y Bingos”, con el objeto de establecer un mecanismo certero sobre el tributo a percibir por la actividad y una afectación particular de esos recursos. En este sentido, el proyecto ingresado al Concejo Municipal busca aportar al financiamiento de soluciones para dos temas centrales: seguridad y educación.
Simoniello y Henn explican, en los fundamentos del proyecto, que la actividad objeto de la iniciativa actualmente se encuentra regulada por la Ordenanza 10943 (y modificatorias) y la ley provincial 11.998, mas no se encuentra contemplada en la Ordenanza Impositiva Anual: “Por ello a partir de ésta, las empresas que resulten Concesionarias de Casinos y Bingos, estarán encuadradas en el Título 2.15 ‘Derecho de explotación de Casinos y Bingos’, disponiendo en el artículo 149, la Base imponible y determinación del gravamen”.
En cuanto al destino de los nuevos fondos, el artículo tercero prevé que el 25% se asigne al financiamiento del Programa Municipal de Seguridad Urbana (Ordenanza 10289) y que el 75% restante se utilice para la instrumentación de un sistema de becas para alumnos de EGB, de escuelas públicas de nuestra ciudad, cuya metodología de implementación deberá garantizar que se llegue a quien más lo necesite y a la vez que se premie el mérito.
De acuerdo al proyecto ingresado por Simoniello y Henn, denominado “Derecho a la explotación de Casinos y Bingos”, establece que en ningún caso el gravamen total a ingresar por parte de una empresa concesionaria podrá ser inferior a la suma de $15.000 mensuales. Los casinos tributarán por juego con valores de $100 (máquinas electrónicas) y $500 pesos (mesas con intervención de empleados de la empresa concesionaria), y al monto total se le adicionará el tres por ciento del ingreso neto promedio mensual por venta de fichas y otras formas de apuestas. Para el caso de bingos se establece como gravamen mensual el monto que resulte de aplicar la alícuota del dos por ciento sobre el ingreso bruto proveniente de la venta de cartones.
Finalmente, toda forma de explotar la actividad que no esté contemplada expresamente pagará por unidad de explotación la suma de $500 mensuales.
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