SISTEMA DE PRORRATA PARA ACCEDER A LA JUBILACIÓN
El próximo 2 de septiembre debería entrar en vigencia el sistema de prorrateo para el pago de beneficios previsionales donde cada futuro beneficiario cobraría su haber en partes proporcionales a los aportes realizados a cada organismo previsional. Es decir, un agente que haya aportado diez años a Anses, treinta a la Caja de la provincia y cinco a la municipal percibirá de los tres organismos en partes proporcionales.
Esta situación está derivada de un acuerdo motorizado por el Ministerio de Trabajo de la Nación, el 2 de septiembre del año pasado y que se activa al año. El tema, ignorado por la mayoría de los activos, sería de “imposible aplicación” al decir de Humberto Giobergia, interventor en la Caja de Jubilaciones de la provincia porque Anses no dictó los actos administrativos respectivos. “El 98% del sistema pasa por Anses y si no se dictaron las resoluciones, es de imposible aplicación el acuerdo”, señala el funcionario provincial.
Eduardo Cóceres, director de la Caja Municipal de Jubilaciones y Pensiones, en tanto, no duda en calificar de “pernicioso” al acuerdo para los futuros jubilados o pensionados porque no solo cobrarán en forma fraccionada sino que todo reclamo lo deberán realizar ante cada organismo.
Para acceder al beneficio jubilatorio, hoy, rige el concepto de caja otorgante donde el trabajador realiza el trámite jubilatorio por el organismo donde mayor cantidad de años aportó, suma los antecedentes laborales de otros organismos y así se le determina la edad y años de servicios que necesita para recibir el haber.
En el Ministerio de Trabajo de la Nación se firmó el 2 de setiembre de 2005 el acuerdo 49, publicado en el Boletín Oficial el 15 de noviembre del último año, en virtud del cual se reglan las condiciones y procedimientos para el otorgamiento de prestaciones por vejez, invalidez y muerte en los que intervengan diversos organismos previsionales. El objetivo es suplantar al régimen de reciprocidad instituido por el decreto N° 9.316/46.
El nuevo acuerdo instituye un sistema de pago a prorrata del beneficio previsional, por cada caja participante, cuyo monto resultará de proporcionar el teórico haber total en función del tiempo de servicios prestados bajo su régimen. Si intervienen varias cajas, cada una abonará la cuota correspondiente a los años aportados a su sistema. Cóceres afirma que esto “significará un fraccionamiento para el cobro de la prestación, creará notorias dificultades prácticas, máxime si algunos de los servicios fueron prestados en otras provincias, y ninguna de las partes asume la responsabilidad por el pago total del haber”.
La determinación del haber
El acuerdo define el teórico haber total como el que hubiera correspondido abonar por cada entidad participante si el afiliado hubiera cumplido los requisitos mínimos exigidos en su propia legislación para acceder a la prestación por vejez, a lo que debe sumarse la obligación de que cada caja debe informar el detalle de las remuneraciones a fin de determinar el haber, según corresponda. “Se puede inferir que la determinación del haber jubilatorio se realizará computando los haberes percibidos durante toda la carrera administrativa del agente, y no en base al promedio de los últimos ciento veinte meses conforme lo admite la ley N° 6.915” señala Cóceres. Además la movilidad se calculará en función de los incrementos que cada una de las entidades participantes otorgue a sus beneficiarios, según sus propias normas.
Enseguida Cóceres advierte que “si se toman en cuenta los haberes correspondientes percibidos en distintos períodos desde el inicio de la carrera es lógico que un primer tramo comprenderá sueldos mínimos de ingresante, lo que disminuirá el haber jubilatorio a porcentajes por debajo de los reconocidos como confiscatorios por la Corte Suprema de Justicia”.
Giobergia insiste en considerar imposible la aplicación de este acuerdo si Anses no dicta resoluciones sobre cómo se realizarán los procedimientos de reciprocidad entre cajas. El funcionario provincial señaló que por el organismo nacional pasan casi el 98% de los activos y, por lo tanto, deberá tener que realizar entendimientos con todas las cajas.
Además a partir de agosto, Anses recibirá una avalancha de trámites de autónomos que accederán al beneficio jubilatorio mediante una moratoria muy favorable por lo que sus dependencias estarían trabajando a pleno durante varios meses.
Desde la provincia esperan un resolución del Ministerio de Trabajo prorrogando los plazos para dar lugar a una negociación entre los organismos previsionales que permita ordenar el sistema.
Los plazos
El acuerdo 49 determina que entrará en vigencia a partir del primer día del segundo mes siguiente a aquél en que la ratificación o aprobación se produzca. Pasado un año desde la firma, o cuando la mitad más una de las jurisdicciones (entiéndase provincias) lo hayan aprobado o ratificado, lo que suceda primero, concluirá la vigencia de los anteriores regímenes. Esto determina que la vigencia es a partir del mes de setiembre próximo.
Obra social El convenio 49 establece que tanto la obra social como las asignaciones familiares que correspondan serán abonadas por la caja que elija el beneficiario por única vez al momento de acceder a la pasividad. Esta elección se podrá realizar entre las cajas en las cuales haya aportado por lo menos diez años de servicio efectivo.
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