SOLICITAN INTERPELACIÓN EN EL RECINTO DEL INTENDENTE.
PROYECTO DE RESOLUCIÓN
Art. Uno . Dispónese la comparencia personal del Sr. Intendente de la Municipalidad de la ciudad de Santa Fe, Arq. Marcelo Alvarez el día Martes 24 de Junio de 2003 en el recinto del Honorable Concejo Municipal en función de las atribuciones conferidas por el art. 41 inc. 14 de la Ley Orgánica Municipal, para que suministre verbalmente los informes referidos a los puntos no contestados de las Comunicaciones 3977 y 3978 a saber:
COMUNICACIÓN 3977
Punto 1: En qué momento el Departamento Ejecutivo Municipal tuvo la primer información relativa a la crecida inusual del río Salado y sus posibles consecuencias sobre los distintos barrios del casco urbano?
Punto 2: Por qué se dejó pasar los días sábado 26 y domingo 27, cuando ya se tenía información de los acontecimientos y cuando las quejas de los vecinos ya se hacían escuchar en los distintos barrios?
Punto 3: Cuáles fueron las medidas de urgencia que se tomaron luego de la reunión del Comité de Crisis del día lunes 28 de abril de 2.003?
Punto 4: En base a qué conocimientos o estudios previos se afirmó a través de distintos programas radiales que “… no era necesario realizar evacuaciones masivas, que algunas zonas de la ciudad que finalmente se inundaron eran salvables o defendibles, que el suroeste de la ciudad no iba a tener problemas, que la situación en el barrio Santa Rosa de Lima no tenía mayores dificultades y que era perfectamente controlable, etc….”?
Punto 5: Por qué razón el Sr. Intendente en su carácter de Presidente según Ordenanza Nº 10.548, no convocó a la Junta Municipal de Defensa Civil? Si la convocó, por qué razón no se notificó de la misma al Sr. Presidente del Honorable Concejo Municipal?
Punto 9: Inicialmente, cuál fue el rol del Municipio en el Comité de Crisis Provincial?
Punto 10: Posteriormente, por qué el Sr. Intendente tomó la decisión de retirarse del mismo?
Punto 12: Qué acciones fueron dirigidas a solucionar el problema de los autoevacuados: Censo para el relevamiento de damnificados y sus necesidades, lugares de residencia transitorias, etc.?
Punto 28: Por qué razón el problema hídrico por inundaciones en general y en particular el proveniente del río Salado no aparece contemplado en el Plan Estratégico de la ciudad de Santa Fe, Siglo XXI?
Punto 31: Qué tipo de actividades propias de la estación otoñal venía desarrollando el municipio desde principios del mes de marzo de 2.003 y en particular si se incrementaron las tareas de desobstrucción de bocas de tormenta.
COMUNICACIÓN 3978
Punto 1:Cuáles fueron las razones que motivaron en su oportunidad la decisión de desmantelar la ex Secretaría de Recursos Hídricos y cuál es la evaluación que el Sr. Intendente hace de tal decisión a la luz de los acontecimientos ocurridos en la ciudad de Santa Fe.
Punto 3: Cuáles son a criterio del Sr. Intendente Municipal las razones por las cuales el Superior Gobierno Provincial no continuó con el tramo III de las obras de defensa en el oeste y, en todo caso si la decisión de realizar la obra correspondiente al tramo II a partir de una extensión del contrato del tramo I, determinó la imposibilidad de realizar el cierre definitivo del anillo.
Punto 6: Si la entonces Secretaría de Recursos Hídricos del Departamento Ejecutivo Municipal le solicitó a la Inspección de la Obra de Defensas Oeste (Vialidad Provincial) un coronamiento del sector denominado III de dicha obra con el objeto del cierre del sistema desde el Hipódromo hacia el norte. En todo caso se remitirá un informe acerca del monto aproximado de dicha obra.
Punto 7: Cuáles fueron las razones por las cuales el agua ingresó al sector oeste de la ciudad y a criterio del Sr. Intendente y a posteriori de los acontecimientos, cuáles fueron las imprevisiones que se tuvieron como para no evaluar que ese riesgo existía.
Punto 11: Se especificarán los recursos extraordinarios afectados a estas áreas, determinando qué tipo de unidades móviles contaban las áreas específicas.
Punto 12: Si el Departamento Ejecutivo Municipal dispuso a partir de sus áreas técnicas o funcionarios políticos formas para el intercambio de información con otros estamentos gubernamentales o no, acerca del comportamiento del río Salado, fundamentalmente ante el corte en la ruta provincial Nº 4 a la altura del puente sobre dicho río en la localidad de Manucho.
Punto 13: Cuáles eran las estimaciones de esa administración municipal al momento de declarar la emergencia hídrica en fecha 28 de abril, en cuanto al nivel que iba a alcanzar el río Salado, fecha del pico de creciente y los efectos que la crecida iba a causar en la ciudad. Al respecto, se precisará si a la luz de los acontecimientos esta decisión fue tomada posteriormente a lo que la situación requería.
Punto 14: Se remitirán los informes de las áreas de competencia aludidos en el “visto” del decreto (D.M.M.) 00200 del 28 de abril.
Punto 15: Cuáles eran las estimaciones de los días 27 y 28 de abril que efectuaban las autoridades provinciales y si las decisiones que se iban tomando en la emergencia eran tomadas de manera conjunta o al menos informadas al Departamento Ejecutivo Municipal.
Punto 17: Cuál fue la fecha y hora aproximada en que se comenzaron a detectar filtraciones en las defensas del sector oeste en el sector por el cual ingresara luego el grueso de la masa de agua que generó la brecha detrás del Hipódromo. Se precisarán las medidas adoptadas en ese momento tanto por el Municipio como por la Provincia. Al respecto se remitirá un croquis informativo acerca del trabajo realizado por la Provincia en la zona del ingreso del agua y las consideraciones que se puedan realizar al respecto por parte de las reparticiones técnicas del Departamento Ejecutivo Municipal así como quién resultó responsable de su ejecución.
Punto 18: Cuál es el plan de contingencia con el que cuenta la Municipalidad de Santa Fe, para la eventualidad de un colapso de las defensas del sector oeste. Se precisarán las etapas, los responsables, los mecanismos de evacuación, centros de evacuación previstos, tiempos mínimos de evacuación requeridos por barrios a ser potencialmente afectados por la emergencia y todo otro detalle que componga dicho plan.
Punto 19: Se precisarán las razones por las cuales el mismo no pudo ser puesto en ejecución. Se precisarán las razones por las cuales no se llegó a alertar a los vecinos de los distintos barrios de la ciudad, una vez que las aguas sin ningún tipo de control avanzaban por la ciudad.
Punto 20: Si entre la noche del domingo 27 y la mañana del lunes el Departamento Ejecutivo Municipal tuvo algún contacto directo con el Gobierno Provincial, toda vez que el propio gobernador admitió por los medios locales de comunicación haber estado el domingo a la noche cuando comenzó a entrar el agua por la zona del Hipódromo.
Punto 23:Se especificarán los motivos por los cuales el Municipio de la ciudad no llegó a alertar a los vecinos de los distintos barrios de la ciudad, fundamentalmente los ubicados en el sector sur de la margen oeste, sobre la necesidad de evacuación, teniendo en cuenta los distintos niveles de anegamientos de cada uno de los sectores así como las cotas correspondientes a cada uno de ellos.
Punto 24: El Departamento Ejecutivo Municipal remitirá al Concejo un informe, lo más pormenorizado posible, acerca del ingreso del agua a los barrios de la ciudad, cotas alcanzadas, horarios aproximados en que ello ocurriera y grado de conocimiento de los funcionarios de dicha situación.
Punto 25: Se precisará si a criterio del Sr. Intendente Municipal, la circulación de la masa hídrica, una vez dentro del anillo de protección, no podía ser prevista en cuanto a su destino en base a las cotas de los diferentes barrios de la ciudad, de forma tal de prevenir por lo menos en cuanto al aviso a muchos de los barrios a los que el agua alcanzó hasta la tarde del día miércoles.
Punto 26: Se precisarán las acciones que le cupo a la Junta Municipal de Defensa Civil, presidida por el Sr. Intendente y prevista por Ordenanza Nº 10.548/00. Se precisará fecha y hora de la convocatoria, lugar de funcionamiento, medidas tomadas en la emergencia. Asimismo, los motivos por los cuales en los informes sostenidos por funcionaros municipales el día 28 de abril en una reunión de dicha junta, no constaban elementos que hicieran prever lo sucedido posteriormente.
Punto 27: Se precisarán las acciones que le cupo al Municipio en el denominado Comité de Crisis así como los motivos por los cuales el Sr. Intendente anunció su retiro del mismo.
Punto 28: Se informará si a criterio del Departamento Ejecutivo Municipal, y en el transcurso de la diagramación de políticas y acciones frente a la emergencia vinculadas al asentamiento de evacuados, distribución de los recursos existentes, medidas de higiene y seguridad, políticas de asistencia, el Municipio de la ciudad no quedó relegado o ausente o si participó activamente de las mismas.
Punto 31: Si el Municipio tiene conocimiento acerca del estado de recepción de las obras vinculadas al sector oeste de la ciudad por parte de la Provincia y en su caso si se realizaron por parte del Municipio objeciones al estado en que las mismas se recibían.
Punto 32: Si se evaluó la previsibilidad de la inundación ante la ausencia de dicho tramo.
Punto 33: Si el Municipio participó en la decisión de dinamitar tanto el Terraplén y la Av. Mar Argentino. Día y hora en la que se toma la decisión. Si se sugirió al Gobierno de la Provincia de Santa Fe tomar la decisión con mayor premura.
Punto 34: Si se evaluó por parte de la Municipalidad, solicitar a la órbita provincial la voladura de los puentes de la autopista Santa Fe – Rosario para lograr menores caudales y velocidades. Y en este caso, si existió algún tipo de oposición por parte de la concesionaria AUFE alegando la protección de los servicios existentes (gasoducto, fibra óptica).
Punto 35: Se informará si a criterio del Sr. Intendente, han existido responsabilidades por acción u omisión en la toma de decisiones por parte de funcionarios de ese Departamento Ejecutivo Municipal.
FUNDAMENTOS
Sres. Concejalas y Concejales:
El 29 de Mayo el Concejo Municipal sancionó dos comunicaciones medulares referidas a la catástrofe hídrica que viviera la ciudad de Santa Fe y que provocara cuantiosos daños tanto a la vida como a los bienes de los santafesinos. Entendíamos que era imperioso conocer cuestiones referidas a la actuación de la Municipalidad de Santa Fe, antes durante y después de la tragedia vivida. Vencidos los plazos previstos en los pedidos de informes el Concejo emplazó para que el Intendente los conteste el día martes 11 de Junio, lo que así ocurrió.
La contestación de los Pedidos de Informes sancionados por este Cuerpo no solamente resultaron absolutamente insuficientes e intrascendentes sino que omitieron cuestiones centrales referidas a la actuación de la Administración Alvarez en la crisis hídrica. Es más, el intendente no suscribe ninguno de los Informes ni siquiera la Nota de elevación al concejo lo que marca a las claras la escasa voluntad política de rendir cuentas no solamente a este concejo sino a la ciudadanía toda-
La respuesta frustró las expectativas que había generado, subestimando a todos los que entienden que la información que se requiere es pública y por ende no es patrimonio de ningún funcionario. Es por ello que entendemos que este Cuerpo, agotadas las instancias previas debe utilizar los instrumentos políticos que sean necesario para permitir que se conozcan todos los pormenores de una situación que entendemos se pudo haber evitado.
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