SYLVESTRE BEGNIS CONFIRMÓ QUE "ES INMINENTE LA REGLAMENTACIÓN DE LA LEY ANTITABACO"
El Ministro de Salud de la Provincial, Dr. Juan Héctor Sylvestre Begnis, se refirió a la inminente firma del Gobernador de la Provincia, Ing. Jorge Alberto Obeid, sobre la reglamentación de la ley antitabaco que regirá en Santa Fe.
Según indicó el titular de la Cartera Sanitaria local, el decreto no está a la firma del Jefe de la Casa Gris, debido a que aún está en manos de la Fiscal de Estado, Irmgard Lepeniés.
En el mismo sentido, Begnis estimó que en las próximas horas mantendrá una serie de encuentros informales con la Fiscal para “pegarle una revisada final para no comenter ningún error en alguna palabra” de la ley antitabaco sancionada el 30 de junio pasado.
“Seguramente en la jornada de hoy, la Fiscal lo acercará (al texto) al Ministro Coordinador para que quede a la firma del Gobernador”, agregó.
Además, el Funcionario consideró que “afortunadamente, es inminente la sanción de la ley. Es una voluntad del Gobernador a favor de la salud de los santafesinos”.
Cabe destacar que la norma, que entrará en vigencia cuando se publique en el Boletín Oficial, impide la venta de cigarrillos a menores de 18 años, prohíbe fumar en espacios públicos cerrados sean estatales o privados y no permite la publicidad del tabaco directa o indirecta. Para cada una de estas prohibiciones habrá un plazo sin sanciones: 60, 90 y 120 días respectivamente. Transcurrido ese tiempo los jueces de falta comenzarán a aplicar las multas que van desde los 500 pesos hasta el cierre del local para los reincidentes. En todos los casos los sancionados serán los propietarios de los comercios.
“La aplicación de la ley va a tener un plazo, universalmente fue así porque hay toda una estructura comercial y de consumismo que ha girado alrededor de esto”, confirmó el titluar de la cartera.
Transcurridos 60 días corridos -se estima mediados de febrero- los quioscos emplazados en el territorio provincial no podrán vender cigarrillos a los menores de 18 años. A los 90 días -desde marzo- no se permitirá fumar en espacios públicos cerrados “bajo techo”, sean estatales o privados -como bares, restaurantes y boliches; a los 120 días regirá la prohibición para la publicidad en murales, televisión, diarios y radios además de no permitirse el sponsoreo de actividades deportivas.
La reglamentación establece un mínimo de 500 pesos para quien infrinja la norma por primera vez, monto que se duplica si hay menores de 18 años en lugares cerrados y ante la primera reincidencia. El tenor de las multas puede llegar hasta la clausura del local. “El órgano de aplicación podrá actualizar los montos de las sanciones para que no sean irrisorios en caso de producirse un alza de precios significativo”, aclaró el ministro.
Al respecto, Sylvestre Begnis aseguró que “siempre habrá una persona que plantee lo contrario. Sabemos que en lugares como los boliches será más conflictivo. Pero por ahora, por lo general no hay oposición, sino, hay más bien un interés de los dueños de locales comerciales en informarse y saber cuales serán las sanciones, las multas y demás”.
Según se detalló, la provincia brindará talleres y programas gratuitos para que los fumadores puedan dejar de hacerlo. Además la Nación enviará en los próximos días 10 mil dosis de una droga avalada por la Organización Mundial de la Salud tendiente a dejar de fumar sin que ello implique percibir una sensación displacentera.
Este contenido no está abierto a comentarios

